El agresor no
puede acercarse al trabajo de la víctima
Marcha por la periodista asesinada de PAT, Hanali Huaycho. Foto: Erbol |
LA PAZ, BOLIVIA (ANB / Erbol).- El proyecto de Ley Integral Para Garantizar a las
Mujeres Una Vida Libre de Violencia —tratada hoy en la Comisión de Derechos
Humanos de la Asamblea Legislativa— propone en su artículo 21 la regulación de
la información y la publicidad en los medios de comunicación.
“Hoy hemos previsto tratar el proyecto de Ley Integral Para Garantizar a
las Mujeres Una Vida Libre de Violencia en la Comisión de Derechos
Humanos de la Asamblea Legislativa”, indicó el diputado del Movimiento Al
Socialismo (MAS), Ever Moya, en declaraciones a la red Erbol.
El artículo 21 del proyecto de Ley establece que los medios de
comunicación desnaturalicen y sensibilicen sobre las consecuencias de la
violencia contra la mujer y la regulación de toda información que afecte a su
dignidad.
El artículo 36, en su parágrafo 4, establece —como medida de protección—
que la autoridad competente puede prohibir al agresor acercarse al domicilio,
lugar de trabajo o de estudio, de la víctima de la agresión.
Violencia contra la mujer
La representante de la Coordinadora de la Mujer, Mónica Novillo, explicó, en
una entrevista con la red Erbol, que el tema de la violencia hacia la mujer no
es un tema únicamente de este las personas de este género, sino también de toda
la sociedad.
“El tema de violencia contra las mujeres no es únicamente de nosotras, sino
un tema que debe ser asumido con responsabilidad social”, manifestó Novillo.
Explicó que la violencia es un tema estructural en el que se pretende ver
que la vida de las mujeres valen menos que la de los hombres.
“El tema de la violencia hacia la mujer expresa que la vida de las mujeres
vale menos, que son objetos de uso: que se toman, se usan y se dejan (…) Si
combatimos estos males de la sociedad vamos a tener que afrontarlos”,
indicó.
El feminicio en el Código Penal
El artículo 88 del proyecto de Ley Integral propone incorporar el
feminicidio en el Código Penal para establecer una pena de 30 años de cárcel,
sin derecho a indulto, a toda persona que asesine a una mujer por su
condición.
El femicidio es un neologismo creado
a través de la traducción del vocablo inglés femicide y se
refiere al asesinato evitable de mujeres por razones de género, es decir, actos que no
ocurrirían si la víctima fuese un hombre.
Artículo 36, medidas de protección
Las medidas de protección que podrá dictar la autoridad competente —segùn
el artículo 36, parágrafo cuatro: de la Ley Integral Para Garantizar a las
Mujeres Una Vida Libre de Violencia— son las siguientes:
"Prohibir al agresor acercarse, concurrir o ingresar al domicilio,
lugar de trabajo o de estudios, domicilio de las y los ascendientes o
descendientes o a cualquier otro espacio que frecuente la mujer en situación de
violencia".
Artículo 21, Regulación de los medios de comunicación
En cuanto a la regulación de los medios de comunicación, el artículo 21
—con la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y
Transportes (ATT) y el Ministerio de Comunicación como entes
reguladores— plantea las siguientes medidas:
1.Diseño e implementación de una estrategia
nacional de comunicación, que incluya campañas en medios masivos, dirigida a
desnaturalizar, informar y sensibilizar sobre las causas, formas y
consecuencias de la violencia contra las mujeres, considerando la diversidad
cultural y destinando para este fin los mismos recursos que asigna a la
publicidad sobre temas estratégicos para el desarrollo nacional;
2.Regulación a los medios de comunicación
sobre la difusión de publicidad, información y toda expresión visual, oral,
escrita y electrónica que afecte la dignidad, libertad y derechos de las
mujeres, y que promueva la tolerancia social hacia la violencia.
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