LA PAZ, BOLIVIA (ANB / Erbol).- Un grupo de socios de la Asociación de Periodistas
de La Paz (APLP) solicitó a su directorio se convoque a una asamblea
extraordinaria, para aclarar denuncias de presuntas irregularidades que se
presentaron en la elección del 19 de abril pasado y resoluciones del Tribunal
de Honor en 2012.
A través de una carta enviada el 25 de octubre pasado, 16 periodistas
pidieron ese evento, amparados en el artículo 22 del capítulo seis del Estatuto
institucional.
El Art. 22 señala “Las Asambleas Extraordinaria serán convocadas cuantas
veces sea necesario por el Directorio a petición de 10 socios activos que
tengan sus cuotas al día. No podrán tratar otros asuntos que los especificados
en el Orden del Día de la convocatoria”.
El Directorio en respuesta individual enviada a las personas que firmaron
la solicitud, desestimó la convocatoria a la Asamblea
Extraordinaria.
“El fallo del Jurado Electoral y del Tribunal de Honor, de acuerdo al Estatuto
Orgánico son inapelables, nos manifestamos respetuosos de esas instancias y por
lo tanto les comunicamos que su solicitud no puede ser atendida”, señala la
misiva de la entidad.
Anteriormente, el Tribunal de Honor de la APLP en sintonía con el actual
directorio tampoco había tomado en cuenta las denuncias y ratificó –a través de
una nueva resolución- la victoria de la fórmula encabezada por Antonio Vargas.
La máxima instancia de la prensa paceña calificó de “justa e inapelable” su
decisión del 8 de agosto pasado, respecto a las elecciones y recuerda que nadie
observó en el acto de proclamación de los ganadores.
Más de medio centenar de socios, el 12 de junio pasado, enviaron una carta
al Tribunal de la prensa, en la que expresaban su preocupación respecto a los
comicios y porque la Resolución THR 002/2012 “es insuficiente como
respuesta a nuestras inquietudes y no corresponde a nuestros planteamientos”.
Los hechos
El 12 de junio pasado, el Tribunal de Honor de la Asociación de Periodistas
de La Paz, tuvo conocimiento de un documento firmado por 47 socias y socios,
en el que se enumeró supuestas irregularidades durante el proceso
electoral.
Una de las observaciones se refiere a la Resolución 125/2012, de
fecha 5 de abril de 2012, firmada el 11 de abril por seis representantes del
entonces directorio de la APLP. Esta resolución incluye a Félix Espinoza
quien el 5 de abril presentó renuncia al Directorio, tres firmas
pertenecen a miembros del Directorio en funciones que a la vez eran
candidatos de una de las fórmulas.
“Estos al no presentar renuncia a su cargo, por ética, actúan como
juez y parte en el proceso electoral. La resolución no lleva la firma del
entonces presidente Pedro Glasinovic y no fue considerada ni aprobada en
Directorio, menos en Asamblea”, señalan los socios que cuestionan el
acto.
En esa resolución se establece la condonación del 50 por ciento de
las cuotas a quienes debían más de cuatro años y el pago del otro 50 por ciento
en cuotas mensuales durante 6 meses.
Este acápite viola los artículos 47, 48 del Estatuto de la APLP.
El primero establece que el patrimonio de la entidad está
constituido entre otros “Por las cuotas ordinarias o extraordinarias y otras
contribuciones de sus asociados” ; el segundo señala: “…Los bienes no podrán
ser transferidos, enajenados o comprometidos en forma alguna sin previa
autorización de una Asamblea Extraordinaria convocada para tal fin…”
Antigüedad
Los cuestionamientos sobre el acto eleccionario también advierten que en la
fórmula encabezada por el señor Antonio Vargas hubo tres candidatos que no
cumplían el plazo requerido como socios activos de la APLP para optar a los
cargos de Vicepresidente, y vocalías (5 años para el primero y 3 años para las
secretarías o vocalías.
El Tribunal de Honor conoció la denuncia y, luego de casi dos meses, el 8
de agosto, envió una carta THR 005/2012 adjuntando las resoluciones
las resoluciones TRH 001/2012, de 19 de junio, y TRH
002/2012,
Mediante la Resolución TRH 001/2012, el Tribunal de Honor resuelve
enviar una carta a Pedro Glasinovic (ex Presidente de la APLP), Alberto
Bailey y Antonio Vargas (candidatos a la Presidencia de la APLP por el período
2012-2014) para indagar sobre el motivo de la reunión del 17 de abril, previa a
las elecciones y conocer el resultados de la misma.
“En la Resolución 002/2012, en su parte resolutiva, el Tribunal de Honor
señala: “…lamentar profundamente, que en esa oportunidad no se hubiese tomado
en cuenta lo establecido en el Estatuto…” contraviniendo el artículo 62 del
Estatuto que establece que: “Los socios que incurran en actos que lesionen el
decoro profesional o cometan desacato al Estatuto y Reglamentos de la
entidad…serán juzgados y sancionados por el Tribunal de Honor”. Este artículo
obliga a los miembros del TH a hacer respetar el Estatuto y sancionar todo acto
que vaya en contra de lo establecido, precisamente para “cuidar y respetar” la
imagen de la Asociación de Periodistas de La Paz”, agregan los socios.
En respuesta, los denunciantes rechazan la citada resolución por “no
corresponder a la denuncia planteada sobre supuestas irregularidades en el
proceso electoral y no tratar el tema de fondo”.
El 17 de septiembre el TH remite la Resolución 004/2012 en la que ratifica
la resolución anterior. Firman las resoluciones Mariano Baptista, Norah
Claros, Alberto Capriles y Remberto Echavarría (+)
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