@ANBOLIVIA: PLANTEAN CREACIÓN DE UN VICEMINISTERIO EN VEZ DE DIRECCIÓN DE JUVENTUDES

@ANBOLIVIA TV

ooooo00000 ---------- LO ÚLTIMO ---------- 00000ooooo

MINISTRO DE MEDIO AMBIENTE DICE QUE PRIORIZARÁ ABASTECIMIENTO DE AGUA EN LA PAZ Y EL ALTO

LA PAZ, BOLIVIA (ANB / ABI).- El nuevo ministro de Medio Ambiente y Agua, Carlos Ortuño, dijo el martes que una de sus primeras tareas ser...

jueves, 20 de septiembre de 2012

PLANTEAN CREACIÓN DE UN VICEMINISTERIO EN VEZ DE DIRECCIÓN DE JUVENTUDES


LA PAZ, BOLIVIA (ANB / Erbol).- El proyecto de “Ley de la Juventud” proyecta la creación de un Viceministerio de Juventudes y no así una Dirección General de Juventudes, como señala el primer planteamiento que surgió del Viceministerio de Igualdad de Oportunidades.

El artículo 13, señala que se crea el Viceministerio de la Juventud dependiente del Ministerio de Justicia, como institución pública, destinada a la formulación, desarrollo, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas públicas para las jóvenes y los jóvenes.

Las atribuciones

1. Cumplir y hacer cumplir la presente Ley.

2. Diseñar, formular, implementar y evaluar el Plan Plurinacional de la Juventud.

3. Formular, concretar y ejecutar políticas, programas y proyectos para el desarrollo integral de la juventud, en los ámbitos social, cultural, económico, productivo, salud, deporte, comunicación, educativo, científico, laboral y político.

4. Coordinar, gestionar y monitorear la implementación de las políticas para las jóvenes y los jóvenes, en las entidades territoriales autónomas.

5. Coordinar y gestionar en las entidades territoriales autónomas, la asignación de recursos económicos, que permitan la ejecución de políticas, planes, programas y proyectos dirigidos a la juventud.

6. Articular iniciativas, demandas y necesidades de organizaciones, agrupaciones de las jóvenes y los jóvenes, de acuerdo al objetivo y fines de la presente Ley.

7. Coordinar con organizaciones u organismos internacionales la promoción y defensa de los derechos y deberes de las y jóvenes y los jóvenes.

La estructura se conformará del siguiente modo: Dirección de Participación, Control Social, Organización y Voluntariado. Dirección de Transformación Social. Dirección de Formación, Capacitación, y Participación Política.

Dirección General de Juventudes

El anteproyecto de “Ley General de Juventudes”, en el artículo 37, señala que se iba a implementar “la Dirección General de Juventudes, entidad dependiente del Viceministerio de Igualdad de Oportunidades del Ministerio de Justicia, encargada de dirigir, formular, regular e implementar las políticas públicas de las juventudes.

La Paz, 20 septiembre 2012 – J.C. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario

ANBOLIVIA te invita a ser el quinto poder, opina...con respeto

DEJA TU OPINIÓN EN:
TW: @ANBOLIVIA

TW: @ANBdigital

F: https://www.facebook.com/anboliviadigital

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...