LA PAZ, BOLIVIA (ANB / Erbol).- El protocolo para la consulta a los pueblos
indígenas del TIPNIS (Territorio Indígena Parque Nacional Isiboro Sécure) no
reconoce disensos y desacuerdos que podrían presentarse en su aplicación y
menos, fuerza legal de cumplimiento obligatorio.
En el documento que establece la instalación de asambleas o reuniones comunales,
ninguno de los acápites toma en cuenta un eventual rechazo o cuestionamientos
de los participantes.
Según el acápite siete, los pueblos indígenas deliberarán los aspectos de
intangibilidad del área protegida, el proyecto de la carretera Villa Tunari-San
Ignacio de Moxos que partirá en dos el TIPNIS, medidas de salvaguarda,
prohibición y desalojo de asentamientos ilegales.
“Los acuerdos y consensos establecidos en el acta serán de cumplimiento
obligatorio para los pueblos indígenas interesados y el Estado Plurinacional”,
señala el protocolo.
El acápite ocho hace referencia a la construcción de consensos, en el marco
de la buena fe y confianza mutua, entre el gobierno y los indígenas, “mismos
que serán remitidos al comité de acompañamiento para su consideración”.
No hay referencia a los disensos
En la fase de la firma de actas de acuerdos y consensos, tampoco hay una
referencia que especifique el tipo de tratamiento que se dé a quienes
cuestionen, critiquen o censuren la intención del protocolo.
“Después de haber identificado los puntos de acuerdos y consensos, los
sujetos de la consulta, pueblos indígenas interesados y los representantes del
Estado firmarán las actas correspondientes, mismas que deberán recoger las
reservas respecto a los acuerdos y consensos. Al acuerdo se adjuntarán los
documentos de respaldo que se consideren necesarios”, añade.
En el protocolo no se menciona qué fuerza legal tendrán las comunidades que
se opongan a la construcción de la carretera que partirá en dos el TIPNIS y si
será vinculante para la decisión final.
Autoridades gubernamentales manifestaron que se considerará el factor de
mayorías y minorías para la decisión.
“El presente protocolo entra en vigencia salvando actuaciones cumplidas de
identificación de las comunidades sujetos de la consulta, acuerdos establecidos
con los corregimientos sobre la validación del protocolo, concertación del
cronograma de trabajo, notificaciones así como otras actuaciones inherentes al
proceso de consulta”, concluye el documento.
La Paz, 28 julio 2012 – A.P.V./L.F.C./
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