LA PAZ, BOLIVIA (ANB / ABI).- El viceministro de Régimen Interior, Jorge Pérez, informó
que los nuevos delitos por uso y portación ilegal de armas de fuego tipificados
en el Código Penal tienen sanciones que van de seis meses a 30 años de presidio
sin indulto.
En entrevista con la ABI, la autoridad
aclaró que entre los nuevos tipos penales también se incluye la portación y uso
de armas no convencionales o de destrucción masiva, delitos que tienen una
sanción de 30 años de presidio sin indulto.
"Entonces estas modificaciones son
sustanciales y muy importantes y fortalecen la política pública criminal del
Estado Plurinacional", indicó a poco de iniciarse el registro voluntario
de armas de fuego, proceso que durará 180 días a partir del 1 de septiembre.
Pérez precisó que entre los delitos
incorporados al Código Penal se encuentran: la fabricación ilícita de armas,
que tiene de cuatro a ocho años de cárcel; con agravamiento del caso de cinco a
10 años y en asociación delictuosa y organización criminal de ocho a 20 años.
En cuanto al tráfico ilícito de armas,
mencionó que las sanciones van de 10 a 15 años de prisión; con asociación
delictuosa, de 12 a 18 años y en el caso de estar involucrado a una
organización criminal de 15 a 25 años de cárcel.
"En el caso de que en este delito
participen militares o policías, en tráfico de armas, la sanción será de 30
años sin derecho a indulto", remarcó el Viceministro de Régimen Interior.
Asimismo, la autoridad explicó que en el
Código Penal se incorporó el delito de tenencia o portación ilícita de armas,
que tiene una sanción de seis meses a dos años de privación de libertad y de
uno a cinco años en caso de ser agravado.
En el caso de hurto y robo de armamento o
municiones de uso militar o policial, dijo que la sanción es de cinco a 10 años
en el primero y de ocho a 15 años en el segundo.
Pérez dijo también que se incorporó el
delito de alteración o supresión de marca en las armas de fuego, hecho que
sentenciará al responsable con cárcel de cuatro a seis años y en caso de
agravantes hasta 10 años de prisión.
La ostentación pública de armas tiene una
sanción de seis meses a dos años y en el caso de ser cometido por personal
militar y policías de dos a cuatro años, agregó.
En cuanto almacenaje peligroso, el
Viceministro de Régimen Interior índico que la sanción será de dos a seis años
de cárcel y en caso de producirse una muerte la pena será de nueve años, en
calidad de homicidio culposo.
Además, la reparación ilícita de armas
tendrá una sentencia de cuatro a seis
años de prisión, instrucción de tiro ilegal de cinco a 10 años, porte o
portación ilícita en la prestación de servicio de seguridad y vigilancia de
tres a seis años.
"Atentados contra miembros de
organismos de seguridad de uno a tres años, atentado contra bienes públicos de
tres a seis años y las agravantes como alzamiento armado, sedición,
conspiración y atentado 30 años de presidio sin derecho a indulto",
complementó.
"Algo interesante también aquí es que
se incorpora que el conocimiento de todos estos delitos va a ser por la
justicia ordinaria", afirmó.
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