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martes, 17 de septiembre de 2013

ECONOMÍA: NO HAY ACUERDO CON ANSSCLAPOL PARA JUBILACIÓN CON EL 100%

Ley de Pensiones
Foto archivo.
LA PAZ, BOLIVIA (ANB / Erbol).- El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (MEFP) aclara a la opinión pública que no firmó ningún acuerdo con la Asociación Nacional de Suboficiales, Sargentos, Clases y Policías (Anssclapol) sobre la Ley de Pensiones 065 y que no está en curso ninguna negociación para que este sector obtenga una jubilación con el 90 o el 100 por ciento del referente salarial.


En las últimas horas, algunos medios de comunicación reprodujeron declaraciones del presidente de Anssclapol, Javier Quispe, acerca de que con el Decreto Supremo 1446 —que crea la Mutual de Servicios al Policía (Muserpol)— incluía el 90 por ciento de jubilación para el sector y que se llegó a un acuerdo con el Órgano Ejecutivo para concretar la jubilación del 100 por ciento de sus salarios.

El Gobierno Nacional emitió el mencionado decreto en diciembre de 2012, que en su artículo 17, parágrafo III, establece: “…El complemento Económico no se encuentra comprendido como salario o sueldo, derecho laboral, beneficio social o emergente de aportes a la Seguridad Social de Largo Plazo…”.

Este beneficio lo otorga en la actualidad Muserpol (antes lo daba Musepol), mutualidad que se creó como institución pública descentralizada que tiene Directorio, Director, Gerente Ejecutivo y Nivel Operativo, que realizan la administración de dicha entidad y tiene duración indefinida, patrimonio propio y se financia con aportes de sus afiliados del sector activo de la Policía Boliviana, del sector pasivo, rentabilidad de inversiones y otros; complemento económico que no está vinculado a la Ley de Pensiones.

Desde diciembre de 2010 está vigente la Ley de Pensiones 065 que establece requisitos para  acceder a una Pensión de Vejez (PV) o una Pensión Solidaria de Vejez (PSV).

En el caso específico de la institución verde olivo, una vez que los asegurados del sector de la Policía cumplan los requisitos, podrían acceder a una PSV, equivalente al 70 por ciento de su Referente Salarial, en el caso de haber trabajado más de 30 años dentro de los límites solidarios.

Por otra parte, el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas reitera que el 10 de septiembre de 2013 firmó con la dirigencia de la Central Obrera Boliviana (COB) un convenio para modificar la escala de los Límites Solidarios Mínimo y Solidario Mínimo de la PSV mediante la modificación de la Ley de Pensiones 065.

Dos días después, el presidente Evo Morales recibió en un acto público en Cochabamba el proyecto de Ley de Modificación de la Ley de Pensiones 065 y lo remitió a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) para su tratamiento.

El proyecto de ley establece la elevación de los límites solidarios de la Pensión Solidaria de Vejez (PSV) para el trabajador minero, con 35 años de aportes al Sistema de Pensiones, de 3.700 a 4.000 bolivianos y para otros sectores (también con 35 años de aportes) de 2.600 a 3.200 bolivianos, mientras que el límite mínimo se eleva de 1.300 a 1.400 bolivianos.

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