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jueves, 25 de abril de 2013

COMISIÓN DE DIPUTADOS APRUEBA PROYECTO DE LEY DE AUTORIZACIÓN DE SUSCRIPCIÓN DE CONTRATOS MINEROS



LA PAZ, BOLIVIA (ANB / ABI).- La Comisión de Economía Plural Producción e Industria aprobó el jueves la Ley de Autorización de Suscripción de Contratos Mineros, que faculta a la Autoridad General Jurisdiccional Administrativa Minera a rubricar convenios con actores  productivos de la industria minera estatal, privada y cooperativa, en  tanto se  promulgue  la nueva Ley Minera.


    La Ley consta de un artículo único, cinco disposiciones transitorias y dos disposiciones finales; la última establece que no se aplicarán los alcances de esa norma con delitos de avasallamiento de áreas mineras, explotación ilegal de recursos minerales, compra y venta de recursos minerales.

    Asimismo, resalta aspectos como la renovación de contratos presentados con anterioridad a la vigencia de la presente Ley, que deberán ser concluidos por Corporación Minera Boliviana (COMIBOL), en un plazo de seis meses a partir de la publicación de la norma.

    'Los trámites de ampliación y renovación de contratos de arrendamiento en el Cerro Rico de Potosí, que se encuentran pendientes en la Corporación Minera de Bolivia, sobre bocaminas, niveles, socavones, serán reglamentados mediante norma expresa, por tratarse de un monumento histórico declarado como patrimonio cultural y nacional de la humanidad', establece otra disposición transitoria.

Dentro de las disposiciones finales se exceptúan la suscripción de contratos mineros en la Reserva Fiscal del Salar de Uyuni, los salares de Coipasa, Chiguana, Empexa,  Challviri, Pastos Grandes, Laguani,  Capina,  Laguna, Cañapa, Kachi, Colorada, Collpa, Lurique, Loromayu, Coruto, Busch o Kalina, Mama Khumu, Castor, Coranto, Celeste, Hedionda, Kara, Chulluncani, Hedionda Sud, Salares en Saucarí, Sajama y Sajama Sabaya.

La nueva norma indica que el Ministerio de Minería y Metalurgia queda como encargada de elaborar el procedimiento para la suscripción de los contratos mineros, que deberán ser aprobados mediante decreto supremo en un plazo máximo de 30 días calendario a partir de la publicación de la Ley.

    Según la agenda legislativa el pleno de la Cámara de Diputados considerará ese proyecto de Ley el viernes en su sesión plenaria convocada para las 06h30 de la mañana.

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