PANDO, BOLIVIA (ANB / Erbol).- La Cédula de Identidad no es un requisito
imprescindible para el cobro del Bono Juancito Pinto, pudiendo presentar
opcionalmente el Certificado de Nacimiento o testigos que acrediten la
existencia de la alumna o el alumno, señaló el Servicio General de
Identificación Personal (SEGIP).
De acuerdo con el documento de Memoria presentado por el Ministerio de
Educación, los requisitos para el cobro del bono son:
- La Presencia física de la alumna (o), acompañado de su madre
(preferentemente), padre o tutor o quien esté a su cargo. Cuando el alumno (a)
se presente sin la compañía de sus familiares o tutores, el profesor hará el
papel de tutor solo para efectos del pago. En el caso de alumnos de
establecimientos educativos nocturnos no es obligatoria la presencia de los
padres.
- El nombre del alumno o alumna deberá estar registrado en el libro de
inscripciones y deberá haber asistido de manera regular a la Unidad Educativa
al menos hasta el mes de septiembre de la presente gestión, salvo que sea
alumno de traspaso.
- Cédula de Identidad u otro documento que identifique a la madre
(preferentemente) padre o tutor a cargo del alumno.
- Certificado de Nacimiento o Cédula de Identidad del Alumno beneficiario o
en su caso la presencia de dos testigos de la comunidad que acrediten su
identidad.
- Para las Unidades Educativas de educación regular todos los alumnos
beneficiarios del Bono “Juancito Pinto” deben contar con el Registro Único de
Estudiantes (RUDE) obligatoriamente, de acuerdo a lo establecido en la
Resolución Ministerial N° 248/08 del 28 de abril del 2008. En el caso de
alumnos de traspaso deberán presentar el formulario de actualización del
(RUDE).
El gobierno proyectó para este año beneficiar con el bono a 1.951.509
estudiantes de 14.812 unidades educativas fiscales del país.
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