LA PAZ, BOLIVIA (ANB / ABI).- La Cámara de Diputados aprobó la noche del
martes, luego de un amplio debate, el proyecto de ley de Aplicación Normativa,
que permite la reelección del presidente Evo Morales y del vicepresidente
Álvaro García Linera en las elecciones de 2014.
'De conformidad a lo
establecido en el artículo 168 de la Constitución Política
del Estado, el Presidente
y Vicepresidente elegidos por
primera vez a partir
de la vigencia
de la Constitución, están
habilitados para una reelección por una
sola vez de manera continua', dice su el cuarto artículo del proyecto de ley
sancionado.
Al respecto, el presidente de la Comisión de Constitución
de la Cámara Baja, Héctor Arce, citado en un boletín de prensa de la Cámara de
Diputados, sostuvo que la gestión gubernamental del presidente Evo Morales y
del vicepresidente Álvaro García Linera entre el 2006 y 2009 no es un mandato
constitucional en 'términos jurídicos, no fue un período constitucional
concluido y por lo tanto no puede ser tomado como un periodo constitucional'.
Ochenta y cuatro diputados
aprobaron el proyecto de ley de Aplicación Normativa mientras que treinta y
tres se opusieron, sumando un total de ciento diecisiete parlamentarios
votantes.
Sin embargo, según el Reglamento
General de la Cámara de Diputados, esa norma podía ser aprobada tan sólo con el
cincuenta por ciento más uno de los asistentes.
La norma tiene por objeto determinar la
aplicación normativa de cuatro preceptos establecidos en la Constitución Política del Estado vigente, a fin de establecer su
correcto ámbito de validez,
respetando el tenor
literal, así como
el espíritu de
la Norma Fundamental.
Según el proyecto de ley, el Control
Administrativo de Justicia, establecido en el Artículo
159 inciso 13, de la Constitución
Política del Estado,
lo ejerce el Consejo
de la Magistratura,
cuyos miembros son preseleccionados de
conformidad a lo establecido en el Articulo 158, parágrafo I, inciso 5,de la Ley Fundamental.
El tercer artículo dispone que el
Contralor General del Estado será
elegido por dos tercios de
votos de los
miembros presentes de
la Asamblea Legislativa Plurinacional, previa convocatoria
pública y calificación de capacidad profesional y méritos a través de un concurso
público de conformidad al artículo 214 de la Carta Magna.
Finalmente el proyecto de Ley
señala la obligación de denunciar los
Tratados Internacionales contrarios a la
Constitución, establecida en la Disposición Transitoria Novena de la
Constitución Política Del Estado, aspecto que implica la posibilidad de
denunciarlos o alternativamente, demandarlo ante Tribunales Internacionales a
fin de precautelar altos intereses del Estado.
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