LA PAZ, BOLIVIA (ANB / ABI).- El Defensor del Pueblo, Rolando Villena, envió
una nota al presidente Evo Morales en la que le solicita que considere la
ampliación del plazo establecido en el Decreto Presidencial 1445, para la
concesión de indulto a privados de libertad, debido a que no se alcanzó el
objetivo de esa normativa que es el de reducir el problema del hacinamiento que
enfrentan los recintos penitenciarios del país.
"Tomando en cuenta que la normativa citada no alcanzó la finalidad
con la que fue creada, de disminuir el hacinamiento en los centros de privación
de libertad y en el marco de las atribuciones de la Defensoría del Pueblo,
solicito a su autoridad considerar la emisión de una propuesta modificatoria al
Decreto Presidencial N° 1445, en la cual y sobre la base del análisis integral
se amplíen los plazos de 60 y 120 días", señala Villena en su nota enviada
el pasado 9 de abril.
El decreto en cuestión establece que una vez publicada la normativa
existe 60 días de plazo para que los internos con sentencia condenatoria que
cumplen con los requisitos establecidos presenten sus solicitudes y 120 días
para los detenidos preventivos que se acojan a un proceso abreviado, sin
embargo, muchos no pudieron hacerlo debido a dificultades en los trámites.
Según datos recogidos en las representaciones departamentales de la
Defensoría del Pueblo hasta fines de marzo, sólo 148 personas lograron el
indulto, cifra que representa apenas el 21 % de lo proyectado. De acuerdo al
Régimen Penitenciario hasta abril de este año se esperaba beneficiar al menos a
700 privados y privadas de libertad.
Al momento de la emisión de la norma, según la Defensoría, no se tuvo
presente que los plazos de 60 días para personas sentenciadas y 120 días para
detenidos preventivos, resultan excesivamente cortos, debido, entre otras
cosas, al tiempo en que las instituciones demoran para la entrega de la
documentación de respaldo (certificado médico, certificado de discapacidad,
certificado del seguimiento de causas penales y estadísticas judiciales).
A esto se su suma las dificultades administrativas y económicas de las
instituciones involucradas en este proceso que retrasó la conformación de la
Comisión Nacional de Recepción del Indulto hasta fines de enero de este año; la
publicación de la Fe de Erratas del Decreto 1455 el 4 de enero de 2013 que
modificó el inciso g) del artículo 3 que provocó confusiones; la ausencia de un
procedimiento para posibles impugnaciones a solicitudes rechazadas; y los
problemas en el Órgano Judicial y el Ministerio Público.
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