Recurso
contra Ley del Notariado imposibilita su aplicación
LA
PAZ, BOLIVIA (ANB / Erbol).- El Procurador General del
Estado, Héctor Arce, informó hoy que el pleno de la Cámara de Senadores decidió
postergar hasta el 6 de agosto de 2015 la aplicación del nuevo Código Procesal
Civil porque sin la Ley del Notariado es
imposible su vigencia, reportó la radio Aclo de la Red Erbol.
“El
pleno de la Cámara de Senadores, cuando la semana pasada aprobó el Código Niño
Niña Adolescente, ha determinado postergar por un año la aplicación del Código
Procesal Civil hasta el 6 de agosto de 2015”, dijo Arce, quien junto al
presidente del Senado, Eugenio Rojas, y la ministra de Justicia, Elizabeth
Gutiérrez, llegó a Sucre para sostener una reunión con autoridades del Órgano
Judicial para explicar esta determinación.
El
senador Rojas acotó que se posterga la vigencia plena del Código porque se
interpuso una acción de inconstitucionalidad en contra de algunos artículos de
la Ley del Notariado y como hasta ahora no hay una sentencia final al respecto,
entonces, no quedó otra alternativa que tomar esta decisión.
“Vamos
a esperar que salga la sentencia constitucional y luego podamos modificar la
Ley del Notariado”, indicó el Presidente del Senado.
Mientras
la ministra Gutiérrez advirtió una acción política en el recurso interpuesto
contra la Ley del Notariado. “Lamentamos que se haya obrado de esta manera.
Lamentamos esta situación, había mucha expectativa entre la población porque se
iba disminuir la carga procesal en los juzgados, iban a pasar muchos procesos a
la vía del notariado”, sostuvo.
Arce
explicó que muchos procedimientos que antes eran judiciales o que todavía lo
son en el Código de Procedimiento Civil vigente, con la nueva norma deben pasar
bajo la tuición de los notarios y por ello su aplicación por ahora es
imposible.
De
permitirse la aplicación del nuevo Código, “estaríamos dejando varias
instituciones en el limbo y con ello afectaríamos la seguridad jurídica de los
ciudadanos, por ejemplo todo el régimen de herencia, todo el régimen de
sucesiones, estaría corriendo el riesgo de quedar en el limbo y sin ningún
respaldo porque no estaría ni en el Código Procesal Civil ni en el Ley del
Notariado”, justificó.
El 19
de noviembre de 2013, el nuevo Código Procesal Civil fue promulgado. En su
primera disposición transitoria de la norma indica: “entrará en vigencia plena
el 6 de agosto del 2014 y será aplicable a los procesos presentados a partir de
la fecha de referencia, salvo lo previsto en las disposiciones siguientes”.
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