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jueves, 27 de febrero de 2014

ARAMAYO: INDULTO BENEFICIÓ A 426 RECLUSOS CON SENTENCIA

COCHABAMBA, BOLIVIA (ANB / ABI).- El director general de Régimen Penitenciario, Javier Aramayo, dijo el miércoles que 426 reclusos con sentencia fueron beneficiados a la fecha con el Decreto Presidencial 1723, de concesión de indulto y amnistía, lanzado el 11 de septiembre del 2013.


    'El proceso del indulto a nivel nacional tiene 426 personas privadas de libertad, entre varones y mujeres, que se han acogido al beneficio', destacó en una conferencia de prensa.

    De acuerdo con Aramayo, las cifras toman en cuenta a 172 beneficiarios de La Paz, 105 de Santa Cruz y 70 de Cochabamba, entre las regiones con los registros más elevados.

    Asimismo, relievó que la cantidad de indultados del departamento de Cochabamba fue elevada con diez resoluciones, seis de varones y cuatro de mujeres, que durante la jornada fueron enviados a jueces de ejecución penal para su homologación.

    'Es un procedimiento rápido, administrativo, de verificación de estos mandamientos de libertad que son de cumplimiento obligatorio', recordó.

    La autoridad penitenciaria estableció que la mayoría de los beneficiarios por el momento incluyeron a personas que estuvieron vinculados con delitos menores, entre ellos micro tráfico de drogas, estafa e incluso algunos homicidios.

    Por otro lado, Aramayo recordó que existe un plazo hasta el 16 de septiembre del este año para continuar con los procesos administrativos, que deberán incluir a los detenidos preventivos que cumplan los requisitos solicitados.

    El indulto beneficia a las personas privadas de libertad que cuentan con sentencia ejecutoriada pasada en calidad de cosa juzgada por delitos cuya pena sea igual o menor a ocho años y según el cumplimiento de condiciones establecidas.

    La amnistía, en tanto, se otorga al procesado en materia penal que se encuentre en etapa de juicio oral, público, continuo y contradictorio; apelación restringida o casación, por delitos cuya pena sea igual o menor a cuatro años, tomándose como base la pena del delito mayor, de conformidad a diversos requerimientos estipulados.

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