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viernes, 17 de enero de 2014

TSE ADMITE DOS DENUNCIAS DE LA OPOSICIÓN CONTRA EL MAS

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Proclamación de Evo Morales en Camiri. Foto de archivo: El Deber. 
PANDO, BOLIVIA (ANB / Erbol).- El vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Marco Ayala, afirmó que las dos denuncias presentadas por Unidad Nacional (UN) y el ciudadano Amilcar Barral contra el Movimiento Al Socialismo (MAS) fueron admitidas y “corren” las notificaciones hacia el presidente Evo Morales y el vicepresidente Álvaro García Linera.


“Al Movimiento Sin Miedo le respondimos que no podemos decirles que medio van a utilizar para impugnar una resolución que nosotros hemos emitido (...) En el caso de Unidad Nacional se hace correr la denuncia por faltas electorales (...) En el caso del señor Amilcar Barral se hace correr en traslado la presunta falta electoral al MAS”, explicó la autoridad a Erbol.

Ayala manifestó que una vez que se "hace correr en traslado" las dos denuncias presentadas contra el oficialismo se tiene un plazo de 48 horas para que responder las mismas, según el procedimiento de denuncias por faltas electorales. Y en los tres días hábiles siguientes existirá un pronunciamiento de la Sala Plena del Tribunal Electoral declarando probada o improbada cada acusación.

“Deben responder dentro del plazo de dos días (...) El procedimiento que sigue la denuncia, después de la presentación, admisión y desde la citación el denunciado tiene el plazo de dos días hábiles para responder y después, con o sin respuestas, la sala plena pronunciará resolución”, reiteró. 

Responden al Movimiento Sin Miedo


Con relación a la solicitud de complementación y enmienda del  Auto de 9 de enero de 2014 por el cual se rechazó la Reposición de la Resolución TSE-RSP Nº 001/2014 y la recusación de todos los Vocales del Tribunal Electoral, presentado por el MSM, Ayala explicó que dicha acción se declara “sin lugar” y “contradictoria”, aclarando que “no ha aplicado en el rechazo de la recusación fundamento lógico o mero criterio, sino en cumplimiento obligatorio de los artículos 410 de la Constitución Política del Estado”.

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