Comunicado
no dice nada sobre BTV
Tribunal Supremo Electoral. Foto / ERBOL |
LA PAZ, BOLIVIA (ANB / Erbol).- El Tribunal Supremo Electoral (TSE) sancionó de oficio a dos
periódicos y cuatro canales de
televisión, por haber excedido los límites máximos de difusión de propaganda
gubernamental, estipulados por el artículo 23 del Reglamento de Campaña y
Propaganda Electoral en Referendo, según un comunicado difundido este sábado a
través del portal web del organismo electoral.
Los
medios sancionados son el periódico Página Siete, semanario La Época, Radio
Televisión Popular (RTP) y los canales televisivos ATB local, Red Uno local y
Atesur de Chuquisaca, por incumplir los artículos 15 y 23 del mencionado
Reglamento que rige para el Referendo del 21 de febrero.
La
resolución en contra de esos medios se conoció cuatro días después que el mismo
Tribunal Electoral decidiera sancionar con 87.480 bolivianos a la estatal
Bolivia TV por exceder 20 minutos la transmisión en “vivo y directo” de un acto
del gobierno, infringiendo el artículo 24 del mismo Reglamento.
La
sanción al canal estatal fue aplicada mientras estaba vigente el artículo 24
que finalmente fue anulado por una sentencia del Tribunal Constitucional. Sin
embargo, el Órgano Electoral no informa si la multa impuesta al canal estatal
fue ejecutada o
De
acuerdo a la explicación oficial, el sistema RTP excedió los 10 minutos diarios
(600 segundos) en medios de alcance nacional. El pasado lunes 25 de enero, RTP
excedió en 96 segundos el límite máximo en la difusión de spots de una de las
opciones en consulta.
Página
Siete publicó esta semana un aviso del Ministerio de Comunicación, La Época
difundió cuatro avisos gubernamentales en su edición semanal del 24 al 30 de
enero, y los tres canales de televisión locales en Chuquisaca difundieron un
spot del Fondo de Previsión Social, también prohibido por la norma.
El
Tribunal explicó que la sanción a los seis medios es el resultado del sistema
de monitoreo implementado por el Servicio Intercultural de Fortalecimiento
Democrático (SIFDE) que reportó a la Sala Plena, donde se determinó aplicar la
multa que va según la tarifa acreditada por los medios ante el Órgano Electoral.
Se
informó que los medios fueron notificados con la sanción y recuerda que el
artículo 23 sobre Difusión de Propaganda Gubernamental, establece que la
difusión de propaganda gubernamental queda suspendida desde 30 días antes de la
votación hasta las 20 horas de la jornada electoral, en los niveles nacional,
departamental, regional y municipal.
Asimismo
recuerda que las previsiones normativas están vigentes desde el 22 de enero, 30
días antes de la jornada de votación del referendo. Este lunes 1° de febrero se
inicia la difusión de propaganda electoral gratuita en los medios de
comunicación del Estado.
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