LA
PAZ, BOLIVIA (ANB / ABI).- El Tribunal Supremo Electoral (TSE)
declaró el martes improbadas las denuncias del senador de Unidad Demócrata
(UD), Arturo Murillo, contra el gobernador de Cochabamba, Iván Canelas; la
ministra de Comunicación, Marianela Paco; y la gerente de la estatal Bolivia
TV, Gisela López, por supuesta vulneración al reglamento de campaña del
referendo constitucional aprobatorio, previsto para el 21 de febrero.
"El TSE declaró improbada la denuncia
presentada por el senador Arturo Murillo por una presunta vulneración al Régimen
de Propaganda, (...) que fue analizada y resuelta por la Sala Plena del TSE
luego del análisis e informe técnico-jurídico correspondiente", explica un
boletín institucional.
El 21 de febrero los bolivianos asistirán a
las urnas para aprobar o rechazar la modificación parcial de la Constitución,
que habilitará o no al presidente Morales y al vicepresidente Álvaro García
Linera para las elecciones generales de 2019.
Murillo denunció una eventual vulneración
al artículo 126 de la Ley del Régimen Electoral y a los artículos 25 y 40 del
Reglamento para Campaña y Propaganda Electoral en Referendo y acompaña la
denuncia con una grabación de Bolivia TV en la que se ve al Presidente Morales
y al Gobernador de Cochabamba, participando en una cena ofrecida por la
Federación de Empresarios del Departamento de Cochabamba, el 18 de diciembre
pasado.
Sin embargo, en el plazo previsto, el
Gobernador de Cochabamba, argumentó que "participó de la cena antes
mencionada en su calidad de ciudadano (no como servidor público), fuera del
horario de trabajo y que no tuvo rol alguno en la organización del
evento".
Según el comunicado, la gerente de BTV,
Gisela López, presentó un documento en el que afirma que la cobertura realizada
por BTV fue una transmisión gubernamental, "al amparo de la libertad de
expresión" y, por tanto, no puede ser reportada como propaganda o campaña
electoral.
Finalmente, la Ministra de Comunicación,
Marianela Paco, presentó un memorial en el que solicitó que se rechace la
denuncia.
"Tras un minucioso análisis
técnico-jurídico, el Tribunal Supremo Electoral estableció que no existe prueba
material suficiente para establecer que, en este caso, alguno o alguna de las
denunciadas hayan realizado campaña o propaganda electoral haciendo uso de
bienes o servicios públicos", detalla el boletín institucional.
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