LA PAZ, BOLIVIA (ANB / ABI).- El ministro de Gobierno, Carlos Romero, recordó el martes a
la población civil que la norma prohíbe el uso y la fabricación de armas de
fuego no convencionales o de destrucción masiva en el país, e indicó que el
registro voluntario de armas, que se inició esta jornada, abarca a aquellas de
fuego convencionales.
"Son las armas convencionales las que
pueden ser registradas y autorizadas y las armas no convencionales están
prohibidas y no pueden quedar en manos de la población civil", recordó en
contacto con la Red Patria Nueva.
Según el Código Penal, está prohibida la
portación y uso de las armas no convencionales, que se refieren a las armas de
destrucción masiva y de guerra, entre ellas, bombas atómicas, bombas nucleares,
bombas bacteriológicas.
"El no registrar estas armas (no
convencionales) conlleva a la tipificación de orden penal y público que es la
tenencia ilegal de armas de fuego", advirtió Romero.
De acuerdo con la norma, la portación y uso
de ese tipo de armas tiene una sanción de 30 años de cárcel sin derecho a
indulto.
Además, el Código Penal establece como
delito la fabricación ilícita de esas armas, que tiene una sanción de 4 a 8
años y en caso de agravamiento de 5 a 10 años.
Esta jornada, el Gobierno inició el
registro voluntario de armas de fuego, que tiene una duración de seis meses,
para evitar el crecimiento de la violencia por la portación de ese instrumento
peligroso.
Esa actividad se enmarca en la Ley 400 de
Tenencia y Control de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros materiales
relacionados, que regula el manejo de armas, fija las penas a los que trafiquen
con ellas y los requisitos que exige el Estado de Bolivia para el transporte y
comercialización de explosivos y municiones.
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