Juez
pregunta cuándo concluyó negociación
Foto: Reymi Ferreira |
LA PAZ, BOLIVIA (ANB / Erbol).- El equipo jurídico boliviano aseguró que Chile no ha
cumplido con los compromisos pactados con Bolivia para negociar una salida al
Océano Pacífico. Además, negó que su acceso soberano al mar haya sido resuelto
por el Tratado de 1904 y postula que Chile tiene la obligación de negociar.
A partir de las 4 de la madrugada (HB) el equipo jurídico de Bolivia presentó sus argumentos ante la Corte de La Haya por la demanda marítima. Esto, luego de que Chile impugnara la competencia de la instancia en el caso.
Lo que Bolivia solicitó a la Corte es que rechace la excepción de incompetencia y que declare que la demanda marítima está dentro de su jurisdicción.
Bolivia negó que su acceso soberano al mar haya sido resuelto por el Tratado de 1904 y así lo confirmarían tanto los acuerdos que habría alcanzado con Chile como las declaraciones unilaterales de nuestro país en el sentido de concederle una salida soberana al mar, destaca La Tercera.
En virtud de estas dos obligaciones, Chile se habría comprometido a negociar una salida soberana al mar para Bolivia con independencia de lo establecido por el Tratado de 1904.
En esta línea, en el petitorio de su demanda, Bolivia solicita a la Corte que juzgue y declare que:
-Chile tiene la obligación de negociar con Bolivia con el fin de alcanzar un acuerdo que otorgue a Bolivia un acceso plenamente soberano al océano Pacífico.
- Chile ha incumplido dicha obligación
- Chile debe cumplir dicha obligación de buena fe, pronta y formalmente, en un plazo razonable y de manera efectiva, a fin de otorgar a Bolivia un acceso plenamente soberano al océano Pacífico.
Los argumentos
En esta línea, se espera que el equipo boliviano encabezado por el agente Eduardo Rodríguez Veltzé presente los siguientes argumentos:
La objeción de Chile no está comprendida en el artículo VI del Pacto de Bogotá
Según versa el documento entregado por Bolivia a La Haya, la objeción preliminar de Chile no está comprendida en el artículo VI del Pacto de Bogotá.
Esto, debido a que el objeto del reclamo de Bolivia no es la revisión o anulación del Tratado de 1904, sino que se refiere a la existencia y la violación de una obligación de negociar el acceso soberano al mar, algo que a su juicio no está regido por el Tratado de 1904.
Chile niega sus compromisos con Bolivia
La demanda boliviana afirma que Chile se ha comprometido, a través de acuerdos y actos unilaterales, a negociar un acceso soberano al mar para Bolivia.
Entre ellos destacan los tratados de 1895; declaraciones del Presidente Arturo Alessandri Palma en 1922; notas y propuestas de cancilleres y de distintas autoridades chilenas hasta 1961; la negociación de Charaña entre 1975-1978; compromisos de Chile en la OEA; conversaciones entre Carlos Mesa y Ricardo LaAgos; la Agenda de los 13 puntos, entre otros.
La demanda de Bolivia no se sustenta en el Tratado de 1904
A diferencia de los argumentos de Chile, que se centran el Tratado de 1904, la postura boliviana indica que "desde finales del siglo XIX se produjeron diversos acercamientos y gestiones para buscar una solución al enclaustramiento boliviano, lo cual evidencia que existe un problema pendiente entre ambos países".
"La demanda boliviana se basa en los numerosos compromisos asumidos por Chile, mediante actos unilaterales y convencionales formulados por Presidentes, Ministros de Relaciones Exteriores y representantes diplomáticos de ese país, de negociar un acceso soberano al mar con Bolivia, independientemente del Tratado de 1904", dice el gobierno de Evo Morales.
"Más aun, la demanda boliviana no tiene por objeto cuestionar el Tratado de 1904 ni los límites establecidos en él, sino crear un espacio de diálogo en el que ambos países de manera conjunta y velando por sus respectivos intereses puedan encontrar una solución al problema del enclaustramiento boliviano que durante más de 100 años ha constituido un obstáculo en sus relaciones".
La demanda boliviana está sustentada en el derecho internacional
Según la postura de Bolivia, la demanda marítima está plenamente sustentada en tratados internacionales y actos unilaterales, que conforme al derecho internacional generan obligaciones jurídicamente exigibles.
"Una demanda ante un tribunal internacional no puede, bajo ninguna circunstancia, ser considerada como un acto inamistoso u hostil entre Estados. El arreglo judicial constituye uno de los principales y más efectivos mecanismos de solución pacífica de controversias previstos por el derecho internacional", señalan los documentos bolivianos.
La demanda boliviana no amenaza a los tratados ni a las fronteras internacionales
De acuerdo a la postura de Bolivia, la demanda no busca alterar el orden internacional de los límites y fronteras, como tampoco amenazar los tratados internacionales. "Al contrario, Bolivia invoca el derecho internacional y sus principios para resolver, de manera concertada y de buena fe, su acceso soberano al océano Pacífico".
En esta línea, asegura que Bolivia intenta resolver la controversia con Chile por medios pacíficos.
La Constitución de 2009
Bolivia asegura que las presentaciones de Chile sobre la base de la Constitución boliviana de 2009 son irrelevantes. Según Bolivia, el reclamo marítimo es anterior a dicha Carta Fundamental.
Además, asegura que en la Constitución de 2009 no se pide la revisión o anulación del Tratado de 1904. Lo que sostiene es que se cumpla la aplicación de los acuerdos suscritos por Chile y Bolivia para negociar un acceso soberano al mar (Con datos de La Tercera).
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