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lunes, 16 de marzo de 2015

TRIBUNAL ELECTORAL RECHAZA DENUNCIA CONTRA EL MAS POR FALTA DE PRUEBAS

Señala que UD no presentó el contrato para la encuesta
El presidente del TED dice que Silva sólo mencionó datos. Foto: ERBOL.
TRINIDAD, BOLIVIA (ANB / Erbol).- El Tribunal Electoral Departamental (TED) de La Paz decidió rechazar la denuncia que presentó Unidad Demócrata (UD) contra el Movimiento Al Socialismo (MAS).


La alianza opositora acusó al candidato a concejal del partido gobernante, Jorge Silva, de publicar encuestas y pidió la cancelación de la personalidad jurídica del MAS por infringir la Ley Electoral.  

El presidente del TED, Marcelo Valdez, explicó que la parte denunciante no presentó un contrato en que conste que el MAS haya encargado a una empresa la realización de una encuesta. “Por lo tanto no hay prueba suficiente para sancionar”, dijo.

UD argumentó que Silva, a una noticia publicada en Página Siete, manifestó que datos de su partido favorecían a Guillermo Mendoza e incluso mencionó cifras, sin embargo, el TED consideró que esa declaración no implica una sanción.
   
“El Tribunal Electoral Departamental ha determinado rechazar la denuncia puesto que, en el caso presente, simplemente se menciona en el periódico Página Siete unos datos y no consta un documento por el cual el partido político (MAS) hubiera contratado una empresa para realizar una encuesta formal”, explicó Valdez.

Una denuncia similar contra UD fue declarada probada

El TED de Beni declaró probada una denuncia similar contra UD el fin de semana.

La demanda fue presentada por una candidata de la agrupación NACER. Ella  indicó que el jefe de campaña de UD, Carmelo Lens, dio a conocer el resultado de una encuesta. El TED beniano falló en contra de la alianza opositora imponiéndole una multa de 8.500 bolivianos. 

Al respecto, Valdez señaló que extraoficialmente conoce que en este caso sí hubo documentos que certifiquen la contratación de una empresa encuestadora.

UD podría perder su personería, el MAS está a salvo

Las denuncias de NACER y UD se enmarcan en el parágrafo III del artículo 136 de la Ley del Régimen Electoral, el cual dice que “las organizaciones políticas que difundan resultados de estudios de opinión en materia electoral, por cualquier medio, serán sancionadas por el Órgano Electoral Plurinacional con la cancelación inmediata de su personalidad jurídica”.


La decisión del TED de Beni derivó la potestad de decidir sobre la anulación la personería de UD al Tribunal Supremo Electoral, mientras que la resolución del TED de La Paz implica que el MAS no tiene responsabilidad.  

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