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miércoles, 23 de diciembre de 2015

SE GESTIONA NOTABLE ALZA DE IMPUESTOS DE INMUEBLES

Si el Alcalde paceño recibe respaldo del Concejo
LA PAZ, BOLIVIA (ANB / Erbol).- Habiendo tributando, por ejemplo, en Callampaya-Cementerio, o en la calle Inca -San Sebastián o quizá en Seguencoma Bajo y siendo el 2014 calculado en Bs. 1.466 el valor unitario de su terreno por metro cuadrado, alístese para el 2015: de aprobarse el pedido del Alcalde,  este monto casi se triplicará, subiendo a Bs. 4.447, de acuerdo a una legislación que el Ejecutivo municipal de La Paz impulsa en el Concejo.


El proyecto de ley municipal remitido el pasado 9 de diciembre por el Ejecutivo al Legislativo Municipal, que ha comenzado su tratamiento con probable sanción en enero próximo, plantea actualizar la  “valuación zonal” para la gestión tributaria 2015, ajustando asimismo las tablas de “valores de terreno y de construcción” a fin de recaudar mayores tributos, confirmaron a Erbol fuentes oficiales que cedieron una copia de ambos proyectos.

Para imponer el alza, el Alcalde estima con base en estudios del municipio pero no independientes de él, que hay una brecha “considerable” entre el valor de mercado y la base imponible de los bienes inmuebles.

Esta base imponible es utilizada para el cobro del impuesto municipal a las Transferencias onerosas de inmuebles (IMTO) y el que grava la propiedad de los Bienes Inmuebles (IMPBI).
Arguye el Ejecutivo, por otra parte, que la capacidad económica del contribuyente se ha incrementado.


Eso se comprueba, afirma en su proyecto de ley municipal,  porque el salario mínimo nacional registró una variación  del 414 % y lo mismo que el del Indice de Precios al Consumidor, que mide la inflación, en un 208% aproximadamente.

El Municipio paceño, uno de los más poderosos del país con presupuestos promedio de 300 millones de dólares anuales en los últimos seis años, pero que alega escasez de fondos para recaudar más tributos, ha ejecutado hasta este 22 de diciembre del presente 165 MM$us (devengados) de los 237 millones que tiene en su crédito vigente y los 202 MM$us aprobados para esta gestión.

Le queda por eso un saldo de 72 MM$us equivalentes a más de 500 millones de bolivianos sin ejecutar al momento según el registro SIGMA del Ministerio de Economía.

La ley planteada por la gestión del alcalde Revilla, mediante su ex interino Isaac Fernández, se aplicará tanto al tipo de vivienda unifamiliar como al de propiedad horizontal, en sus diversas características: desde el tope “lujoso residencial” hasta la extrema “muy económica y marginal”.


El pedido del Alcalde, si el Concejo le da la luz verde, con la mayoría oficialista que define sus decisiones más importantes, se constituirá en una virtual triplicación de tributos por inmuebles y alza del valor catastral para elevar el pago del impuesto por transacciones de inmuebles, lo que se extendería al tributo anual por los mismos, de no explicitarse la ley en tratamiento.

Por ejemplo, una vivienda unifamiliar promedio con actual base imponible de 360 mil bolivianos el 2015 vería elevado este monto a  692 mil bolivianos pagando un impuesto de transferencia por venta, ya no de Bs. 10.800 sino de Bs 20.7760 aproximadamente, como muestra la Tabla Avalúo construcciones 2015, que forma parte del proyecto legislativo del alcalde Luis Revilla, comparado con la tabla vigente al 2014.

De la misma forma, el valor unitario de la vivienda citada como ejemplo anterior entraría en alza de los actuales Bs 761 a 2.309 en el tipo “bueno”, mientras que para propiedad horizontal, en la misma categoría de “buena” se elevaría de Bs. 1.144 a Bs. 3.741: a mayor valor, mayor carga tributaria.

En el caso de los “valores unitarios de terreno”, si el inmueble tiene código 1-5 aplicable a zonas como las del Centro el monto subirá de Bs 949 a Bs. 2.879.
Las tablas siguientes, muestran los diferentes casos aplicables a las inmuebles de la ciudad de La Paz.


Alzas– proyección al 2015
Zona y código en que se encuentra  el inmueble tributario
Año 2015
-Con ajuste del alcalde-
ANTES
(vigente al 2014)
Zona 1 
Código 1-10 (Gran Poder, Centro, Kantutani, etc)

Código  1-30 al 1-38    (Cementerio Sopocachi, Miraflores, Obrajes)

Bs. 7.712

Bs. 4.447

Bs. 2.542

Bs 1.466
Zona 2   
2-10 a 2-18 (Bolognia, Villa Fátima, AltoCotacota)
  2-40 a 2-45 (Bella Vista, Ipavi II, CóndoresLakota
2-70 a 2-76 (Villa Armonía, Cupilupaca, Alto V.Victoria)
Bs. 2.324
Bs. 1.172
Bs. 695
Bs. 776
Bs. 584
Bs. 229
Zona 3              
  3-10 a 3-16 (Huayllani, Jupapina. Ciudad delNiño)

Bs. 1.080

Bs. 356

LEY PARA AUTOMOTORES



Otra legislación que está en tratamiento del Concejo, pedida por la administración del alcalde Revilla es la relativa a duras medidas coactivas para cobrar deudas incluso quitando el acceso a la compra de gasolina, el RETIRO de placas y el secuestro de vehículos:

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