Defensoría
del Pueblo:
LA
PAZ, BOLIVIA (ANB / Erbol).- La Defensoría del Pueblo
recibió y procesó entre enero y octubre de 2013 un total de 1.119 casos que
incluyen tortura, tratos crueles e inhumanos, señala el XVI Informe presentado
a la Asamblea Legislativa Plurinacional presentado este mes.
“Es importante señalar que se
ha evidenciado en esta gestión un considerable aumento de este tipo de
vulneraciones, superior a las tres gestiones anteriores, cuya suma alcanzó a
1.746 casos. En relación al año pasado, por ejemplo se evidencia un incremento
de casi el 56% de casos”, señala el Informe defensorial.
La institución lamenta que la
utilización de la tortura sea el “modus operandi” de los efectivos de la
policía y las fuerzas armadas para extraer información, situación que es
corroborada por la organización internacional Amnistía Internacional (AI).
“Los métodos de tortura
utilizados en Bolivia están diseñados principalmente para extraer confesiones y
otra información como parte de las investigaciones criminales. También se
incluyen técnicas de intimidación y humillación…”, señala la Defensoría.
Amnistía Internacional en el
estudio denominado “Un mundo de tortura” en su edición 2013 y refriéndose al
Estado Plurinacional de Bolivia señala que:
“La tortura está profundamente
enraizada en la modus operandi de las autoridades encargadas del cumplimiento de
la ley boliviana”. “Los detenidos (de
las cárceles) sufren terribles condiciones de detención por el Estado”, señala.
El Instituto de Terapia contra
la Tortura (ITEI) denunció que las torturas a detenidos en celdas de la Fuerza
Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) se dan incluso en presencia y con
anuencia del fiscal de turno, quien legitima esta práctica ilegal.
Tipificación de la tortura
En mayo de 2013, el Comité de
las Naciones Unidas contra la Tortura emitió el informe sobre Bolivia. El documento, uno de los más críticos que ha
emitido este organismo sobre el tema, expresa su preocupación porque Bolivia “no haya tipificado todavía el
delito de tortura conforme a lo dispuesto por la Convención”.
Refriéndose al anteproyecto de
reforma del Código Penal que plantea la modificación del artículo 295
(vejaciones y torturas), considera que la redacción actual de dicho
anteproyecto presenta carencias importantes al no incluir el propósito de la
conducta en el tipo básico del delito y considerar los motivos para infligir
tortura como circunstancias agravantes.
Asimismo señala, que el
anteproyecto, tal y como está formulado, no contempla los actos de tortura
realizados para intimidar o coaccionar a un tercero ni aquellos cometidos por
una persona, distinta de un funcionario, en el ejercicio de funciones
públicas”.
Impunidad
La Defensoría del Pueblo señala
que pocas víctimas presentan quejas por casos de tortura ya sea por temor a
represalias o porque están acostumbrados a la violencia del Estado.
Otro aspecto que resalta es que
cuando las víctimas se animan a denunciar, “las investigaciones realizadas por
la Policía o el Ministerio público son escasas, lentas y a menudo totalmente
inadecuadas”.
Muestra de esta situación,
señala, quedan pendientes de resolución judicial, y en algunos casos incluso de
investigación, los casos de Olorio, Poma Guanto y Chaparina, que son los que
alcanzaron alto impacto público y muestran evidencia incontrastable de que se
cometieron estos delitos.
El Comité contra la Tortura
expresa su “preocupación sobre las demoras habidas en la instrucción y en el
examen de la causa penal en la mayoría de los casos individuales de malos
tratos, tortura, uso excesivo de la fuerza y muertes en custodia”. Asimismo recoge la preocupación de la
Defensoría del Pueblo por la posible prescripción de algunos de estos delitos.
Tortura a migrantes y
refugiados
La Defensoría denuncia que “un
alto número de inmigrantes, refugiados y solicitantes de asilo es detenido
arbitrariamente, víctimas de la violencia, y expulsados de Bolivia sin ser dada
la oportunidad de impugnar la decisión o resaltar los riesgos asociados con un
retorno a su país de origen”.
Subraya que “la policía
nacional y en particular la FELCC
(Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen) y
la FELCN (Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico) usan la fuerza
para llevar a cabo detenciones arbitrarias y violencia cuando remiten a los
sospechosos en custodia, como parte de las operaciones de rutina y la lucha
contra la delincuencia o mantener el orden público”.
Tortura en la sociedad
En relación al ámbito de la
sociedad, indica que los tratos degradantes, crueles e inhumanos se han
incrementado de manera “exponencial” en el último tiempo, especialmente los que
se relacionan con los casos de violencia hacia la mujer y las niñas, niños y
adolescentes.
“La saña con que se cometen los
delitos de violación seguida de muerte, evidencian en muchos casos hechos de
flagelación, desmembramientos, mutilaciones, apuñalamientos, golpes brutales y
heridas múltiples en muchas de las víctimas, lo que no es común cuando se trata
de la violencia ejercida contra hombres”, indica.
Tan sólo en 2012, agrega el
informe, un número de 28 mujeres violadas y asesinadas fueron sepultadas sin
posibilidad de reconocerse debido a la condición en que fueron encontradas.
Del mismo modo, muchos casos de
violencia contra las niñas, niños y adolescentes muestran señales de tortura
sistemática y permanente, especialmente las que tienen que ver con violaciones
repetidas por largos periodos de tiempo.
De la misma forma las expresiones de violencia contra la mujer se
traduce en torturas, trato cruel e inhumano y degradante, entre ellos están
los feminicidios.
Linchamientos
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