LA
PAZ, BOLIVIA (ANB / ABI).- La responsable de Salud Mental, Violencia
y Género del Servicio Departamental de Salud (Sedes) La Paz, Lidia Apaza,
señaló el viernes que la Ley 348 sobre violencia de género, promulgada el 8 de
marzo de 2013, establece que los centros de salud podrán extender certificado
médico de la víctima que fue violentada y éste será homologado por el médico
forense.
"Nuestro personal de salud puede
extender un certificado médico para que sea homologado por el médico forense,
ya no se va a dar ese hecho de que el médico de un centro de salud diga,
llévenlo a un médico forense, ya no", dijo a los periodistas.
Precisó que la Ley 348 establece que
cualquier centro de salud sea del sistema público y privado debe extender el
certificado médico y este debe ser homologado por el médico forense.
Recordó que sostuvieron una reunión el
Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF), los ministerios de Justicia y
Salud, en donde analizaron esta normativa legal, la cual permite que la mujer
pueda tener un certificado médico inmediatamente después de su agresión.
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