Destacan
voluntad de diálogo
LA PAZ, BOLIVIA (ANB / Erbol).- La Asociación Nacional de la Prensa de Bolivia (ANP) que
agrupa a los principales diarios y una agencia de noticias, saludó la aprobación
senatorial por unanimidad del Artículo 195 del Proyecto de Ley del Código del
Sistema Penal que protege la Libertad de Expresión y de Prensa.
En un
comunicado destacó la voluntad de diálogo de los presidentes de las cámaras
legislativas que aceptaron la propuesta de la ANP, presentada el pasado 10 de
octubre de 2017, a través del presidente de la organización, Marcelo Miralles
Iporre, el primer vicepresidente, Jorge Carrasco Guzmán, y los asesores legales
Gustavo Camacho y Mabel Antezana.
La
ampliación de las protecciones que ofrece el nuevo código fue uno de los puntos
aprobados en el encuentro realizado el pasado 10 de octubre, y el Senado aún
debe considerar la exclusión del trabajo periodístico de la mala práctica
profesional que está incluida en el artículo 205. El análisis de este punto ha
quedado diferido hasta el final del tratamiento de la Ley del Código del
Sistema Penal, se informó en fuentes legislativas.
El
artículo 195 de la nueva norma titulado Delitos contra la libertad de expresión
y de prensa señala que “La persona que, ilegalmente, impida o estorbe la libre
emisión del pensamiento expresado por cualquier medio de comunicación, de
difusión u otro, será sancionada con prisión de uno a tres años y reparación
económica.
Agrega
que “La misma sanción se impondrá a la persona que ilegalmente impida o estorbe
la circulación, emisión y difusión de libros, periódicos o cualquier otro medio
escrito, audiovisual, electrónico o digital.”
La
redacción final del Artículo 195 señala que “La sanción será agravada en un
tercio, tanto en el mínimo como en el máximo, cuando se impida o estorbe el
libre acceso a la información o el derecho a la comunicación de manera
individual o colectiva, salvo las limitaciones establecidas por la Ley”.
“Como
defensora de un derecho de todos los ciudadanos, la ANP manifiesta satisfacción
porque el voto de los senadores es una demostración del respeto al Artículo 19
de la Declaración Universal de los Derechos Humanos que proclama el derecho de
todo individuo a la libertad de opinión y de expresión. Este derecho incluye el
de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir
informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras,
por cualquier medio de expresión”, señala el comunicado.
La
nueva disposición ratifica plenamente la vigencia del Artículo 21 de la
Constitución Política del Estado (CPE) que en su parágrafo quinto reconoce el
derecho de los ciudadanos “a expresar y difundir libremente pensamientos u
opiniones por cualquier medio de comunicación”.
La
propuesta de la ANP, aprobada en la tarde del miércoles 6 de diciembre, amplía
la protección para la circulación, emisión o difusión de "libros,
periódicos y cualquier otro medio escrito, audiovisual, electrónico o digital”.
El
presidente de la ANP, Marcelo Miralles Iporre, explicó que el nuevo artículo
garantiza la libre emisión del pensamiento a través de cualquier medio de
comunicación, difusión u otros medios de expresión que podrían incluir formas
de expresión tales como el teatro, el cine, las artes y otros.
Además,
garantiza el "libre acceso a la información o el derecho a la comunicación
de manera individual o colectiva, salvo las limitaciones establecidas por Ley”,
tal como lo establece la CPE.
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