@ANBOLIVIA: LEY DE DIFERIMIENTO DE CRÉDITOS Y REDUCCIÓN DE PAGO DE SERVICIOS BÁSICOS MITIGARÁ RALENTIZACIÓN ECONÓMICA EN EL PAÍS

@ANBOLIVIA TV

ooooo00000 ---------- LO ÚLTIMO ---------- 00000ooooo

MINISTRO DE MEDIO AMBIENTE DICE QUE PRIORIZARÁ ABASTECIMIENTO DE AGUA EN LA PAZ Y EL ALTO

LA PAZ, BOLIVIA (ANB / ABI).- El nuevo ministro de Medio Ambiente y Agua, Carlos Ortuño, dijo el martes que una de sus primeras tareas ser...

miércoles, 1 de abril de 2020

LEY DE DIFERIMIENTO DE CRÉDITOS Y REDUCCIÓN DE PAGO DE SERVICIOS BÁSICOS MITIGARÁ RALENTIZACIÓN ECONÓMICA EN EL PAÍS


LA PAZ, BOLIVIA (ANB / ABI).- La presidenta Jeanine Áñez promulgó el martes la Ley de Diferimiento de Pagos de Créditos y Reducción del Pago de Servicios Básicos, para apoyar a los diferentes sectores de la población boliviana que se ven afectados por la ralentización económica que causa la pandemia del coronavirus COVID-19.


    Esta norma ordena a las entidades de intermediación financiera realizar el diferimiento automático del pago de las amortizaciones de crédito a capital e intereses y otro tipo de gravámenes mientras dure la Declaratoria de Emergencia por la pandemia del COVID-19 y otorga hasta 6 meses posteriores al levantamiento de esa medida.

    La Ley aclara que ese diferimiento no implicará el incremento de la tasa de interés, ni la ejecución de sanciones o penalizaciones por mora, cuyas instrucciones serán dispuestas por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI).

    Establece, también, que mientras dure la declaratoria de emergencia por el COVID-19 las empresas públicas, privadas y cooperativas que presten servicios básicos, deben garantizar la continuidad de los mismos.

    Asimismo, determina que el consumo de servicios básicos debe ser diferido "sin multas, ni sanciones", durante la declaratoria de emergencia.

    Esa norma determina además  la reducción del 50% de la facturación del consumo de agua potable, electricidad y gas domiciliario mientras dure la emergencia por el coronavirus y otorga un lapso de 3 meses posteriores al levantamiento de esa medida, para la regularización de los pagos correspondientes.

    La norma deberá ser reglamentada en un plazo máximo de dos días para que entre en vigencia plena.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

ANBOLIVIA te invita a ser el quinto poder, opina...con respeto

DEJA TU OPINIÓN EN:
TW: @ANBOLIVIA

TW: @ANBdigital

F: https://www.facebook.com/anboliviadigital

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...