DURANTE LA EMERGENCIA
LA PAZ, BOLIVIA (ANB / Erbol).- El
Decreto 4200, que declara Emergencia Sanitaria, permite que de manera
transitoria se permita que familiares de adultos mayores puedan cobrar sus
rentas de jubilación y Renta Dignidad, con una autorización escrita del
beneficiado.
La medida se tomó debido a que se
prohibió la circulación de personas mayores de 65 años, como medida de protección
frente a la pandemia de coronavirus.
El procedimiento fijado en la
norma es el siguiente:
a) El Beneficiario de Renta
Dignidad y/o el jubilado, deberá autorizar a un familiar para el cobro del
beneficio en su representación, mediante nota impresa o escrita a mano, firmada
o autorizada con su huella dactilar, misma que se constituye en declaración
jurada
b) Los familiares que podrán ser
autorizados para dicho cobro son: cónyuge o conviviente, la hija o el hijo, la
nieta o el nieto, la sobrina o sobrino, mismos que deben estar comprendidos
entre los 18 y 65 años.
c) Para el cobro de la Renta
Dignidad y/o jubilación de manera excepcional, el familiar deberá
presentar: Cédula de Identidad del
Beneficiario de Renta Dignidad y/o del jubilado en original; Cédula de
Identidad en original de la persona que cobra este beneficio en representación
del Beneficiario; y Nota de autorización original.
El Decreto advierte también que,
de recibirse denuncias de falsificación de la huella digital o de la firma, la
personas que cobre el beneficio será sujeta de denuncia ante el Ministerio
Público.
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