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domingo, 1 de mayo de 2016

EVO DECRETA INCREMENTO SALARIAL, TRASLADO DE FERIADOS Y USO DE DINAMITA

Conmemoración al Día del Trabajo
Presidente Evo Morales, hoy, en Palacio de Gobierno. Foto: ERBOL.
LA PAZ, BOLIVIA (ANB / Erbol).- En el acto oficial por el Día del Trabajo realizado hoy en Palacio de Gobierno, el presidente Evo Morales promulgó siete decretos, entre los cuales se destaca el incremento salarial, la aprobación del uso de dinamita en manifestaciones públicas y el traslado a lunes de los feriados cuyas fechas sean en domingo.

Al acto asistieron los principales dirigentes de la Central Obrera Boliviana y de todas las organizaciones sociales, entre ellos, campesinos, petroleros, fabriles y mineros.

Traslado de feriados

El primer Decreto Supremo aprobado por el Mandatario regula el traslado de los feriados nacionales de domingo a lunes, con el fin de promover el turismo como una actividad de generación de recursos económicos.  Esta norma se aplicará en entidades públicas y privadas.

Los feriados de Carnaval, Viernes Santo, Corpus Christi y 2 de noviembre (Día de los Difuntos), no serán trasladables.

Uso de dinamita

El segundo Decreto Supremo promulgado hoy, tiene que ver con el uso de dinamitas y explosivos durante las manifestaciones públicas.

El 26 de septiembre de 2012, se promulgó el Decreto Supremo 1359 que prohíbe la tenencia y uso de dinamita en manifestaciones callejeras. Hoy esta normativa quedó anulada y sin efecto con el Decreto Supremo aprobado hoy.

El objetivo es “garantizar los derechos a la asociación y libertad de expresión mediante manifestaciones públicas, así como el derecho a organizarse en sindicatos”.

Normas de administración de bienes

Un tercer Decreto Supremo establece modificaciones al Decreto 0181, aprobado el 28 de junio de 2009, referente a las normas básicas del sistema de administración de bienes y servicios.

El nuevo Decreto establece modificaciones a estas normas básicas, estableciendo márgenes de preferencia en la modalidad “Apoyo Nacional a la Producción y Empleo”, así como en la modalidad de licitación pública.

También se aprobó la adjudicación de bienes y servicios por ítems y servicios por ítems, lotes, tramos o paquetes, mediante una sola convocatoria.

Permisos de importación de alimentos y bebidas

Esta normativa otorga autorizaciones previas, en sustitución del permiso de importación de alimentos y bebidas.

El Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria (Senasag) dará estos permisos en un plazo de 30 días a partir de la fecha de recepción de la solicitud.

Las autorizaciones previas y la certificación correspondiente para la importación de estos productos, se constituirán en un documento soporte para el despacho aduanero.

Autorización para importación de productos

El quinto Decreto promulgado por el presidente Morales, establece que el Ministerio de Desarrollo Productivo, otorgará autorizaciones previas para la importación de productos.

El plazo de estas autorizaciones será de 60 días hábiles a partir de la fecha de recepción de la solicitud.

Esta normativa no se aplicará a las importaciones de menor cuantía y las importaciones originarias de los países de la Comunidad Andina.

Incremento salarial

El incremento salarial de un 6% al haber básico y un 9% al mínimo nacional, se establece en otro Decreto Supremo firmado por el Mandatario.

El 6% de incremento se aplicará para los profesionales y trabajadores en salud, personal de los Servicios Departamentales de Gestión Social (Sedeges), personal docente y administrativo del magisterio fiscal, miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Boliviana.

Por otro lado, detalla que el incremento salarial en el sector privado, será acordado entre los sectores patronales y laborales, sobre la base del 6%.

No obstante, este Decreto señala que el monto determinado para el salario mínimo nacional, en los sectores públicos y privados, se fija en 1.805 bolivianos, que representa el 9% anunciado.

La aplicación de esta norma tendrá efecto retroactivo al 1 de enero de este año.

Escala salarial para servidores públicos

El último Decreto promulgado hoy, tiene que ver con la escala salarial de los servidores o funcionarios públicos de los Órganos legislativo, Ejecutivo, Electoral, Judicial y Tribunal Constitucional Plurinacional, instituciones de control, de Defensa de la Sociedad y del Estado, entidades desconcentradas y descentralizadas.

Estos funcionarios no serán beneficiados con un incremento salarial en caso que su salario actual sea de 15 mil bolivianos. 

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