LA PAZ, 12 DE ABRIL (ANB /
Información de Oxígeno).- Un fallo del Tribunal Constitucional provocó, este viernes, que el caso
denominado terrorismo sea suspendido hasta el 22 de este mes.
Con el fallo del Tribunal Constitucional del 1 de febrero de 2013 se revocó
la resolución 22/2012 del 22 de octubre emitido por el Juzgado Tercero
de Sentencia Penal referido a la declaración de rebeldía y la orden de emisión
del mandamiento de aprehensión contra Gary Augusto Prado Salmón, acusado de
estar involucrado con el caso Terrorismo y padre del jurista.
El abogado de uno de los acusados, Gary Prado, informó que este fallo fue
presentado este viernes en el reinicio de las audiencias del caso Terrorismo y
obligó a Sixto Fernández, juez del Tribunal que lleva adelante el proceso,
ingresar en un cuarto intermedio del las audiencias durante los próximos 10
días.
“Ha caído como un balde de agua fría en la audiencia la lectura de esta
resolución de la parte resolutiva y el Presidente (Sixto Fernández) no se ha
animado a dar cumplimiento de inmediato a la misma y ha dispuesto suspensión de
audiencia hasta el lunes 22”, dijo el abogado Prado en entrevista con Oxígeno.
Gary Prado Araúz explica que su padre Gary Prado Salmón se encuentra en un
delicado estado de salud y que esto fue acreditado con certificados médicos
además de reiteradas solicitudes presentadas ante la autoridad jurisdiccional
de La Paz, donde radicó el casó en su fase preliminar, antes de que se traslade
a Santa Cruz, Cochabamba y Tarija.
Recordó que en la fase preliminar el Ministerio Público tomó la declaración
de Prado Salmón en Santa Cruz y en lo posterior se emitió que el caso se
traslade a Cochabamba, lo que impidió su presencia por su estado delicado de
salud y que pese a contar con pruebas de respaldo los certificados médicos no
habrían sido valorados. Esto habría provocado que se lo declare en rebeldía y
además un mandamiento de aprehensión en su contra.
“Hemos estado suspendiendo audiencias últimamente porque Ignacio Villa
Vargas estaba enfermo y no podía venir,
debía aplicarse la misma lógica con Gary Prado, que tiene una discapacidad, no
podía ir a Tarija y debió suspenderse la audiencia”, aseguró Prado Arauz.
El fallo constitucional en su parte resolutiva viabiliza “la tutela de manera provisional y
condicionada para el resguardo al derecho a la vida” de Prado Salmón. A ello se
suma la orden al Tribunal del caso
“solicitar en el plazo perentorio de setenta y dos horas, un informe médico, el
cual, de manera expresa establezca el estado de salud del imputado, su
discapacidad e imposibilidad de trasladarse de un lugar a otro, sin que le
afecte su salud y vida”.
Este hecho no había sido cumplido hasta la fecha, y según Prado Arauz esto provocaría la nulidad del proceso en
contra de su padre goce de nulidad desde el 22 de octubre que se emitió la
orden de aprehensión y que el proceso del caso terrorismo en lo avanzado
también cuente con algunas irregularidades.
“Al revocar la resolución, lo que el Tribunal Constitucional está diciendo
es que hay vicios de nulidad, porque a
mi padre no le permitieron estar en un
juicio en el que es parte, al declararlo
de manera ilegal rebelde. Lo correcto era separarlo del juicio y se lo juzgaba
aparte o como segunda alternativa como el no puede ir a Tarija, nos vamos a
todos donde pueda ir él y en este caso
era Santa Cruz”, explicó el abogado Prado.
Esta semana se conoció que el fiscal del caso Marcelo Soza solicitó una
vacación de 60 días y que ahora el proceso quedaba en manos de la comisión de
fiscales. Ahora , el proceso que se encuentra en su etapa oral se paralizó
hasta el 22 de abril.
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