@ANBOLIVIA: ACOSO Y VIOLENCIA POLÍTICA CONTRA MUJERES SE SANCIONARÁ HASTA CON OCHO AÑOS DE CÁRCEL

@ANBOLIVIA TV

ooooo00000 ---------- LO ÚLTIMO ---------- 00000ooooo

AUTOR DE ASESINATOS EN PUCAMAYU CONFIESA QUE ENTERRÓ VIVA A LA QUINTA VÍCTIMA

SEGURIDAD LA PAZ, BOLIVIA (ANB / Los Tiempos).- Uno de los autores del múltiple asesinato de Pucamyu, en el municipio de Villa Tunari, ide...

viernes, 30 de marzo de 2012

ACOSO Y VIOLENCIA POLÍTICA CONTRA MUJERES SE SANCIONARÁ HASTA CON OCHO AÑOS DE CÁRCEL


LA PAZ, BOLIVIA (ANBOLIVIA / ABI).- El proyecto de ley contra el acoso y violencia política en razón de género plantea hasta ocho años de cárcel para los infractores. El documento será analizado por la Cámara de Diputados la segunda semana de abril, según informó la presidenta de esa instancia legislativa, Rebeca Delgado.

    La presidenta, citada por el portal Enlared, anunció que esta vez la ley sí será debatida y aprobada. "Ya tendremos el tiempo de debatir fuertemente en la Cámara de Diputados y ¡uay que se opongan!", dijo.

    El proyecto de ley especifica 17 actos de acoso y/o violencia política contra las mujeres y señala sanciones administrativas y penales.

    Entre las primeras define amonestaciones escritas y descuentos de hasta 15 días de haber, mientras que en las penales se sanciona con penas privativas de libertad de dos a cinco años en el caso de acoso político y de tres a ocho años de cárcel en el caso de violencia política.

    La elaboración del proyecto fue propuesta en 2001 por la Asociación de Concejalas de Bolivia, (Acobol), ante la inexistencia en la legislación nacional y municipal de artículos que permitan pedir un amparo legal para los casos de acoso y violencia política.

    Entre 2000 y 2001 Acobol recibió más de 300 denuncias de concejalas y alcaldesas sobre acoso y violencia política. Las denuncias eran en su mayoría por presiones recibidas para que renuncien a su cargo, actos de violencia (sexual, física y psicológica), exceso de autoridad, impedimento del ejercicio de sus funciones, alternabilidad ilegal de la concejalía, entre otras denuncias.

    Se define como acoso político al acto o conjunto de actos de presión, persecución, hostigamiento o amenazas cometidos por una persona o grupo de personas, directamente o a través de terceros, en contra de mujeres candidatas, electas, designadas o en ejercicio de la función político-pública o en contra de sus familias, con el propósito de impedir, inducir u obligarla a que realice, en contra de su voluntad, una acción o incurra en una omisión, en el cumplimiento de sus funciones o en el ejercicio de sus derechos.

    En cambio la definición de violencia política, son las acciones, conductas y/o agresiones con el fin de suspender, impedir o restringir el ejercicio del cargo u obligarlas a tomar decisiones en contra de su voluntad.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

ANBOLIVIA te invita a ser el quinto poder, opina...con respeto

DEJA TU OPINIÓN EN:
TW: @ANBOLIVIA

TW: @ANBdigital

F: https://www.facebook.com/anboliviadigital

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...