LA PAZ, BOLIVIA (ANB / ABI).- El presidente del Senado, Milton Barón, informó el domingo
la vigencia de la Ley 1067 y establece que personas nacidas en el exterior de
padres bolivianos pueden acceder a la doble nacionalidad.
"Esta ley les permite a los hijos que
nacieron en el exterior y son de padre y madre bolivianos acceder a doble
nacionalidad", dijo a los medios estatales.
La persona que solicite el registro de la
doble nacionalidad acreditará su identidad a través de un documento oficial
idóneo, establecido en la norma, indicó.
Las personas nacidas en el exterior de
padres bolivianos, podrán ser registradas y obtener su certificado de
nacimiento en las oficinas consulares del Estado Plurinacional de Bolivia en el
exterior, conforme a las disposiciones legales contenidas en la constitución.
Para el efecto, deben presentar la cédula
de identidad o el pasaporte o certificado de nacimiento de la madre boliviana o
padre boliviano.
Documento oficial de nacimiento emitido por
entidad competente del país donde nació la persona a ser registrada, en
original o copia legalizada y traducción si corresponde, en el que se consigne
el nombre completo de madre boliviana o padre boliviano o ambos.
Cuando la filiación de la madre o el padre
boliviano no esté acreditada en el documento oficial de nacimiento señalado en
el párrafo anterior, la filiación se demostrará por documento oficial idóneo de
autoridad competente, en el que se identifique a la madre boliviana o al padre
boliviano.
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