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lunes, 21 de septiembre de 2020

SUBE DE BS 40 A BS 60 EL ESTIPENDIO QUE RECIBIRÁN LOS JURADOS ELECTORALES

ELECCIONES-BOLIVIA


LA PAZ, BOLIVIA (ANB / PERIÓDICO BOLIVIA / ABI).-
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) informó que el estipendio que se dará a los jurados electorales, en los comicios generales del 18 de octubre, será de Bs 60, es decir, Bs 20 adicionales, a diferencia de anteriores procesos.

 

    El vocal del Órgano Electoral, Francisco Vargas, detalló que "el año pasado se dio un estipendio de Bs 40", y que para el proceso de este año cada jurado recibirá un monto superior, informó Vargas al periódico Bolivia.

 

    El estipendio será entregado por el notario electoral a los jurados electorales en un sobre cerrado, como establece el protocolo de bioseguridad para los comicios de octubre.

 

    Además de recibir un estipendio mayor, este año, los jurados tendrán derecho a un día de asueto laboral en todas las entidades públicas y privadas.

 

    El viernes, los Tribunales Electorales Departamentales (TED) y el Órgano Electoral realizaron el sorteo público de los jurados con base en el criterio de alternancia y paridad.

  

    Un total de 213.600 ciudadanos fueron designados para cumplir esta función, 204.942 en territorio nacional y 8.658 en el exterior.

 

    A diferencia de elecciones anteriores y por los efectos de la pandemia del COVID-19, el TSE dispuso que las designaciones recaigan en ciudadanos de 18 a 50 años de edad.

 

BIOSEGURIDAD

 

    Cada jurado recibirá un kit de bioseguridad -que contendrá al menos siete insumos- para preservar su salud durante la jornada de votación.

 

    "Es importante que todos los jurados tengan la seguridad de que van a tener el material de bioseguridad que dotará el Órgano Electoral, con la cantidad de barbijos necesarios, alcohol en gel, toallas de papel, gafas especiales y existe un protocolo para mantener distancia", aseguró Vargas.

 

    Una revisión del protocolo permitió contabilizar siete elementos para los jurados, entre ellos barbijos, lentes de protección, frascos de alcohol en gel, envases de alcohol al 70% para las superficies, rollos de toallas de papel, bolsas especiales de basura, bolígrafos para cada miembro y cotonetes.

 

    El protocolo también contempla el incremento de recintos de sufragio para evitar aglomeraciones, la extensión de la jornada de votación hasta las 17.00 y el establecimiento de dos horarios de voto, según el último dígito de la cédula de identidad de los votantes.

 

EXCUSAS

 

    La Ley 018 establece que las causales de excusa son: estado de gravidez o gestación, fuerza mayor o fortuito comprobado documentalmente, ser dirigente o candidato de organizaciones políticas debidamente acreditado.

 

    En el caso de enfermedad, el TSE flexibilizó la presentación del certificado médico como requisito para que los designados a jurados electorales puedan tramitar una excusa.

 

   Sin embargo, se endurecieron las sanciones contra aquellos que incurran en alguna irregularidad durante la jornada de sufragio.

 

   La Disposición Final Segunda de la Ley 1315, que modifica la Ley de postergación de las elecciones generales 2020, promulgado el 13 de agosto, establece que de forma excepcional no se aplicará el numeral 1 del parágrafo 2 del artículo 65 de la Ley de Régimen Electoral. Es decir, que no se requiere la presentación de un certificado médico para excusarse a causa de una enfermedad.

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