GOBIERNO DEFIENDE LA NORMA
LA PAZ, BOLIVIA (ANB / Erbol).- El
Decreto Supremo 4078 del Gobierno interino ha generado polémica que ha llegado
al nivel internacional, porque generado el rechazo de entidades como la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y Amnistía Internacional.
Dicho Decreto exime de responsabilidad penal a los
miembros de las Fuerzas Armadas que actúen en legítima defensa o estado de
necesidad, en operativos de restablecimiento del orden público.
La CIDH calificó de “grave” el Decreto. “Desconoce
los estándares internacionales de DDHH y por su estilo estimula la represión
violenta. Los alcances de este tipo de decretos contravienen la obligación de
los Estados de investigar, procesar, juzgar y sancionar las violaciones de
Derechos Humanos”, pronunció el ente mediante su cuenta de Twitter.
La Comisión también condenó cualquier acto
administrativo del gobierno de atente contra “el derecho a la verdad, la
justicia y al derecho internacional de los DDHH, particularmente en el contexto
de actuaciones de Fuerzas Armadas en las protestas sociales”.
De su parte, Amnistía Internacional señaló que,
con este Decreto, Bolivia “estaría violando estándares internacionales de
derechos humanos al dar vía libre a las FFAA para actuar en los operativos de
restablecimiento del orden interno sin riesgo de tener que responder penalmente
por sus actos”.
"El personal de las FFAA que participe en los
operativos para el restablecimiento del orden interno y la estabilidad pública
estará exento de responsabilidad penal cuando en cumplimiento de sus funciones
constitucionales, actúen en legítima defensa o estado de necesidad, en
observancia a los principios de legalidad, absoluta necesidad y
proporcionalidad", dice la norma.
Gobierno defiende el Decreto
El ministro de la Presidencia, Jerjes Justiniano,
negó que este Decreto se una “licencia para matar.
Precisó que emitió el al 14 de noviembre, para
autorizar que las FFAA junto a la Policía pueda actuar en resguardo del orden y
la seguridad.
Hizo hincapié en que el Decreto sólo otorga
exención de responsabilidad penal a los militares cuando actúen cumpliendo en
legítima defensa, absoluta necesidad y proporcionalidad.
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