CORTE IDH-REELECCIÓN
LA PAZ, BOLIVIA (ANB / ABI).- El subprocurador de Bolivia, Alejandro Roda, planteó este lunes ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) cuatro principios para que la reelección presidencial indefinida no sea considerada un derecho humano.
"El Estado boliviano
considera que la limitación o prohibición de la reelección presidencial es una
restricción de los derechos políticos que resultan acorde a los principios de
legalidad, fin legítimo, necesidad y proporcionalidad, establecidos por la
Corte Interamericana", sostuvo.
La autoridad participó este lunes
en la primera de las tres audiencias virtuales que programó la Corte IDH para
escuchar los argumentos y posturas respecto a la opinión consultiva que planteó
Colombia en 2019 para descartar o confirmar si la reelección presidencial es,
en efecto, un derecho.
Sobre el principio de legalidad,
el Subprocurador explicó que, si la prohibición de la reelección presidencial
está prevista en una norma aprobada por el órgano legislativo de un Estado,
ésta puede ser considerada legítima porque está revestida del consentimiento
del soberano a través de su representante.
"Más aún si se considera que
esta restricción, en la mayoría de los casos, proviene de una previsión expresa
de la constitución de los Estados", agregó.
En ese sentido, Roda citó, como
ejemplo, el caso del Estado boliviano, cuya Constitución Política del Estado
expresa en su Artículo 168, sin lugar a ninguna interpretación adicional, que
"el periodo de mandato de la Presidenta o del Presidente y de la Vicepresidenta
o del Vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas o
reelectos por una sola vez de manera continua".
"En cuanto al fin legítimo,
se considera que la prohibición de la reelección presidencial está orientada a
evitar la perpetuación en el poder de quien gobierna a partir del
aprovechamiento de los recursos del Estado o de abuso del poder que detenta
garantizando un juego democrático", añadió.
Respecto al principio de
necesidad, Roda subrayó que se infiere que la prohibición de reelección
presidencial busca satisfacer una necesidad imperiosa, que es la protección de
la democracia, evitando la perpetuación en el poder de una sola persona.
Y finalmente, "con relación
al principio de la proporcionalidad, se debe señalar que las medidas restrictivas
no anulan los derechos políticos, es decir, no los restringe de manera
absoluta, sino solamente en la eventualidad de que una persona afectada haya
ejercido ya sus derechos como presidente del Estado", señaló.
En ese contexto, la autoridad
recordó que el expresidente Evo Morales antepuso sus intereses personales al
ejercicio del poder por encima de un mandato popular traducido, incluso, en un
referéndum, que cerró la posibilidad de que se vuelva a postular al cargo de
presidente.
"Por lo tanto, es necesario
que se fortalezca la democracia en nuestros Estados, siendo el deber de la
Corte y competencia además interpretar que no se considere un derecho humano la
reelección", puntualizó.
La solicitud de opinión
consultiva fue presentada por Colombia en octubre de 2019 para que la Corte IDH
interprete la figura de la reelección presidencial indefinida en la que se
apoyaron los gobiernos de Venezuela y Nicaragua para prorrogarse en el poder.
Además, el recurso hace una
alusión a la maniobra jurídica que hizo el entonces presidente de Evo Morales,
en 2017, cuando el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) allanó su
repostulación, al igual que de todas las autoridades electas, en función a lo
que establece la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Ese documento, también conocido
como Pacto de San José de Costa Rica, establece, en su artículo 23, que todos
los ciudadanos tienen derecho de participar en la dirección de los asuntos
públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos;
además de votar y "ser elegidos en elecciones periódicas auténticas,
realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la
libre expresión de la voluntad de los electores".
La sesión de la opinión
consultiva continuará mañana y se espera que el miércoles llegará a una
conclusión. Aunque no existe un plazo establecido, la Corte IDH puede demorar
unos dos meses para finalmente responder a la solicitud de su opinión
consultiva sobre la reelección.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
ANBOLIVIA te invita a ser el quinto poder, opina...con respeto
DEJA TU OPINIÓN EN:
TW: @ANBOLIVIA
TW: @ANBdigital
F: https://www.facebook.com/anboliviadigital