PASA AL EJECUTIVO
LA PAZ, BOLIVIA (ANB / Erbol).- La Cámara de Diputados sancionó este miércoles la ley de “Protección de la Integridad Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes en Entornos Digitales” y fue remitida al Ejecutivo para su promulgación.
Propuesta por la Fiscalía General del Estado, la norma busca prevenir, sancionar y erradicar delitos sexuales cometidos contra menores de edad a través de plataformas digitales, redes sociales y otros medios electrónicos.
Entre
los delitos tipificados se encuentran el “grooming” o ciberacoso, la producción
y difusión de material de abuso sexual infantil, así como el contacto indebido
con fines sexuales hacia niñas, niños y adolescentes.
La
ley establece una sanción de 10 a 15 años de privación de libertad para quienes
distribuyan, vendan, arrienden, intercambien o comercialicen contenido digital
que represente las partes íntimas de menores de edad o exhiba corporalidades
con fines sexuales o económicos.
Asimismo,
dispone de 4 a 8 años de cárcel para las personas que contacten a menores de
edad mediante medios electrónicos con fines sexuales o eróticos, mediante el
envío de mensajes, imágenes, videos u otros contenidos de carácter inapropiado.
El
fiscal general del Estado, Roger Mariaca, calificó como un hecho histórico la
aprobación de la norma y que coadyuvará en la lucha contra los delitos sexuales
cometidos a través de plataformas digitales.
“Celebro
con esperanza y determinación esta aprobación, porque el avance de las
tecnologías, si bien trajo múltiples beneficios, también genera nuevos riesgos
que amenazan la seguridad y la integridad de nuestras niñas, niños y
adolescentes, pero con esta aprobación, estamos avanzando con decisión hacia un
país más seguro para nuestra niñez”, afirmó.
Además,
consideró que la ley permitirá al Estado boliviano contar con herramientas
jurídicas actualizadas para prevenir, investigar y sancionar con mayor eficacia
los delitos sexuales en el entorno digital.
Una
vez aprobada por la Cámara de Diputados, la ley pasará al Órgano Ejecutivo para
que, de acuerdo con el procedimiento legislativo, en un plazo de diez días sea
promulgada. ///agc

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