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jueves, 17 de junio de 2021

DECRETO HABILITA A GOBIERNOS SUBNACIONALES LA COMPRA DIRECTA DE VACUNAS ANTICOVID

CONFIDENCIALIDAD DE HASTA TRES AÑOS


LA PAZ, BOLIVIA (ANB / Erbol).-
El Decreto Supremo 4521, emitido el miércoles, habilita a los gobiernos subnacioales a que realicen la adquisición directa en el extranjero de vacunas contra la COVID-19, con cumplimiento de cinco requisitos y una confidencialidad del contrato de hasta tres años.

 

“Los Gobiernos Autónomos, en el marco de sus competencias, de manera excepcional y hasta el 31 de diciembre de 2021 podrán realizar contrataciones directas en el extranjero para la adquisición de vacunas contra la COVID-19, bajo los principios de transparencia y de legalidad”, dice la norma.

 

Los requisitos son los siguientes: Certificado de Origen de la vacuna emitido por el laboratorio productor; garantía del proveedor de la cadena de frío para el traslado, un informe que garantice el manejo de la cadena de frío al interior del, Plan de Vacunación que se enmarque al Plan Nacional de Vacunación, especificando la universalidad, gratuidad y voluntariedad, además Registro Sanitario de la Agencia Estatal de Medicamentos y Tecnología en Salud (AGEMED) u homologación.

 

El Decreto dispone también que las contrataciones directas de las vacunas están exentas de solicitar al proveedor directo el Certificado de Registro Único de Proveedores del Estado (RUPE).

 

Establece, asimismo, que “los contratos suscritos por los Gobiernos Autónomos para la adquisición de vacunas para la COVID-19, podrán a requerimiento del proveedor tener carácter confidencial por un periodo de hasta tres años computables a partir de su suscripción”.

 

Agregó que se debe presentar en forma física copia del contrato y la documentación sustentatoria correspondiente a la Contraloría General del Estado y registrar en el Sistema de Contrataciones Estatales, una vez finalizado el periodo de confidencialidad señalado.

 

En su disposición adicional, el Decreto señala que los Gobiernos Autónomos aprobarán la reglamentación correspondiente para la contratación directa en el extranjero de las vacunas, de acuerdo a sus particularidades y estructuras específicas.

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