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SUMAN CUESTIONAMIENTOS A LA CONDECORACIÓN DEL CÓNDOR DE LOS ANDES AL PRESIDENTE PAZ

POLÍTICA LA PAZ, BOLIVIA (ANB / Correo Del Sur).- Diplomáticos y especialistas observan irregularidades en el acto y advierten un “añadido...

jueves, 16 de julio de 2026

SUMAN CUESTIONAMIENTOS A LA CONDECORACIÓN DEL CÓNDOR DE LOS ANDES AL PRESIDENTE PAZ

POLÍTICA


LA PAZ, BOLIVIA (ANB / Correo Del Sur).-
Diplomáticos y especialistas observan irregularidades en el acto y advierten un “añadido ceremonial” sin sustento normativo.

Crece la polémica por la entrega pública de la condecoración del Cóndor de los Andes al presidente Rodrigo Paz, realizada por el canciller Fernando Aramayo durante un acto oficial. Diplomáticos y expertos en protocolo coinciden en señalar que el procedimiento no se ajusta a la normativa vigente ni a la práctica institucional.

 

La ceremonia tuvo lugar el lunes, en el marco de la presentación de los nuevos lineamientos de la política exterior boliviana, con la presencia de representantes del cuerpo diplomático, organismos internacionales e invitados especiales. Sin embargo, el acto generó reparos por la forma en que se otorgó la distinción.

 

El diplomático Ricardo Martínez explicó que el mandatario ya posee esa condecoración por el solo hecho de ejercer el cargo, dado que también es el Gran Maestre de la Orden Nacional del Cóndor de los Andes. “Acá hay una situación en la que el presidente es el Gran Maestre de la orden que entrega el Cóndor de los Andes”, señaló, al subrayar que es el propio jefe de Estado quien confiere esta distinción.

 

En la misma línea, recordó que el canciller no tiene la atribución de entregársela al Presidente, ya que todos los mandatarios la ostentan automáticamente durante su gestión y la conservan al concluirla. Este criterio fue respaldado por el diplomático Jaime Aparicio, quien afirmó que un presidente no recibe públicamente el Cóndor de los Andes, sino que lo posee por su investidura.

 

Las críticas también fueron recogidas en un análisis del especialista en protocolo Álvaro Calderón, integrante del Laboratorio de Análisis de Políticas, Relaciones Internacionales y Diplomacia. El documento sostiene que, según la Ley 1762, el Presidente Constitucional adquiere automáticamente el grado de Gran Collar y la calidad de Gran Maestre de la Orden al asumir funciones, por lo que no requiere una imposición formal.

 

El texto califica el acto como un “añadido ceremonial” sin sustento en la norma y advierte que se produjo una inversión de la jerarquía protocolar al permitir que el canciller impusiera la máxima distinción al propio presidente, lo que generó sorpresa entre diplomáticos e invitados.

 

Asimismo, se remarca que la ley establece una jerarquía clara: el presidente es la máxima autoridad de la orden y quien otorga la medalla mediante resolución suprema, previa decisión del Consejo de la Orden. En ese marco, el canciller cumple funciones administrativas como Canciller de la Orden, pero no puede sustituir las atribuciones del Gran Maestre.

 

Aunque el análisis aclara que el episodio no conlleva consecuencias jurídicas, advierte que podría afectar la percepción de seriedad institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores.

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