COCHABAMBA, BOLIVIA (ANB / ABI).- El viceministro de Defensa de los Derechos del Consumidor y
Usuario, Dante Justiniano, informó el jueves que ingresó en vigencia la
Resolución Ministerial 55/2015, que permite, por primera vez, la aplicación de
sanciones económicas para empresas que cometan faltas contra sus clientes.
"El 23 de marzo se ha aprobado
recientemente esta normativa sancionatoria, no contábamos antes con esta
normativa", dijo.
Según Justiniano, la norma tiene un
reglamento y régimen de sanciones que permite fijar cobros de 1.000 a 10.000
Unidades de Fomento de Vivienda por faltas leves, graves y muy graves a las
regulaciones de la Ley 453, de Defensa de los Derechos del Usuario y del
Consumidor.
Explicó que las infracciones sancionables
previstas en el instrumento legal incluyen la falta de inocuidad alimentaria,
calidad, seguridad, higiene y buen trato y atención en la oferta de productos y
servicios, entre otras.
Además, informó que se consideran también
acciones que pueden ser punibles las prácticas abusivas comerciales, como el
inducir a compras o requerimientos de servicios por medio de engaños y promesas
de premios falsos.
"Seguramente a medianos de año vamos a
contar con los primeros datos relevantes e importantes que se constituyen
también en parte de los derechos del usuario y del consumidor", agregó.
La autoridad recordó que la puesta en
vigencia de la Resolución Ministerial 55/2015 es importante para velar por los
derechos de los usuarios, porque antes de su existencia sólo se recurría a la
atención de sus reclamaciones por medio de procesos conciliatorios.
Según datos oficiales, el Viceministerio de
Defensa de los Derechos del Consumidor y Usuario atendió el pasado año 2.041
reclamaciones a nivel nacional, de las cuales el 87% se resolvió sólo por la
vía de la conciliación entre las partes.
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