PAÍS
LA PAZ, BOLIVIA (ANB / Los Tiempos).- El presidente Luis Arce promulgará la "Ley Corta Excepcional y Transitoria para Garantizar el Abastecimiento de Diésel y Gasolina en Situación de Emergencia" una vez que el documento llegue al Ministerio de la Presidencia, informó la viceministra de Comunicación, Gabriela Alcón.
La Cámara de Diputados sancionó ayer la norma que autoriza, de manera temporal, la importación privada de combustibles con el objetivo de asegurar el suministro nacional ante posibles contingencias.
El
Ejecutivo aguarda que la Asamblea Legislativa remita el documento para su
revisión y posterior promulgación, cumpliendo los procedimientos
constitucionales, explicó Alcón en conferencia de prensa.
"Hemos
dado las autorizaciones para 26 instancias que puedan comercializar
combustible, en este momento seis están realizando la comercialización. Pero
esta ley va a agilizar, porque nosotros a nivel de decreto estábamos impedidos de
muchas acciones, entonces va en consonancia a muchas de las acciones que
estamos realizando, así que ni bien llegue se va a promulgar".
La
autoridad precisó que la norma debe pasar por diferentes instancias antes de
llegar al Presidente.
La
norma, aprobada en la última sesión del periodo constitucional 2020-2025,
establece un régimen excepcional de tres meses que permitirá a personas naturales
o jurídicas importar e internar diésel, gasolina y gas licuado de petróleo
(GLP) bajo la supervisión de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH).
Yacimientos
Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) deberá mantener la provisión estatal
prioritaria e informar con anticipación sus capacidades de abastecimiento. Si
la empresa no cubre el 100% de la demanda, los operadores privados podrán
importar o adquirir combustible a un precio diferenciado, en régimen de libre
competencia.
La
ANH será la encargada de otorgar la Licencia Excepcional de Importación y
Despacho Directo (LEIDD), mediante una ventanilla digital única, con un plazo
máximo de 48 horas hábiles. Si no emite respuesta dentro de ese tiempo, se
aplicará el principio de silencio positivo.
Las
importaciones realizadas bajo este régimen estarán exentas del pago del
Impuesto a la Transferencia (IT) y del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Asimismo, las estaciones de servicio podrán adquirir combustibles a un
importador autorizado o realizar la importación directa desde frontera, con un
límite de hasta 19.900 litros de diésel por operación.
Para
garantizar la transparencia, la ANH implementará un sistema de monitoreo GPS en
tiempo real, publicará diariamente los datos de importación y fiscalizará la
calidad de los combustibles. Las infracciones, como acaparamiento, adulteración
o especulación, serán sancionadas con multas, suspensión de licencia y, en su caso,
denuncia penal.
La
norma tiene como propósito asegurar el abastecimiento nacional de carburantes y
será aplicada por un periodo excepcional de tres meses, contados desde su
promulgación.

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