Exploración
petrolífera en áreas protegidas
LA PAZ BOLIVIA (ANB / Erbol).- El Defensor del Pueblo, Rolando Villena, aseguró el jueves
que el Decreto Supremo (DS) 2366, que autoriza la exploración de hidrocarburos
en áreas protegidas del país, vulnera siete artículos de la Constitución
Política del Estado (CPE) y cinco Tratados o Acuerdos Internacionales referidos
tanto a los derechos de los pueblos indígenas como al medio ambiente y
protección de la vida.
Según
un comunicado de prensa de esa instirución, Villena, en uso de sus atribuciones
constitucionales, ingresó una Acción de Inconstitucionalidad contra este
Decreto el 9 de diciembre de 2015 y en una extensa argumentación, señala que la
medida dispuesta por el Ejecutivo en mayo de ese año, además del Art. 410 sobre
la Supremacía Constitucional, vulnera los Arts. 2, 30 y 403 de la Constitución,
referidos a los derechos de los pueblos indígenas a su autodeterminación y a
ser consultados antes de implementarse medidas legislativas o administrativas
susceptibles de afectarles. En el caso
del DS. 2366 ninguno de los pueblos que habitan las áreas protegidas fueron
consultados antes de emitirse esta norma.
Del
mismo modo, señala que se está vulnerando los Arts. 33 y 343 de la CPE que
indica que las bolivianas y bolivianos tienen derecho desarrollarse en un medio
ambiente sano y a ser consultados e informados previamente sobre decisiones que
pudieran afectar a la calidad del medio ambiente. En este caso, de acuerdo a la Defensoría, la
intervención sobre las áreas protegidas afectará necesariamente la calidad
medio ambiental. “Tampoco -indicó el
Defensor- se consideró informar y menos
consultar a la población, como lo manda la Constitución, antes de emitir esta
disposición”.
Según
el Defensor, el Decreto 2366 también vulnera el artículo 385 de la Constitución
que indica que las Áreas protegidas constituyen un bien común y forman parte
del patrimonio natural y cultural del país, lo que significa que además de ser
de interés público, son inalienables, inembargables e imprescriptibles y, de
acuerdo a la misma norma suprema, es deber de las bolivianas y bolivianos
resguardarlas, defenderlas y protegerlas.
Este mismo Artículo establece que donde exista sobreposición entre
territorios indígenas y áreas protegidas, la gestión de éstas se hará según
normas de los pueblos indígenas, sin embargo, en este Decreto se está
decidiendo la gestión a través de mecanismos que les son ajenos.
También
se están afectando acuerdos internacionales suscritos por Bolivia como la
Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas,
el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional
de Derechos Económicos Sociales y Culturales, el Convenio 169 de la OIT
(Organización Internacional del Trabajo), el Convenio de las Naciones Unidas
sobre la Biodiversidad Biológica de 5 de Junio de 1992. Por otro lado, el documento señala que con la
medida del D.S. 2366 se están incumpliendo acuerdo internacionales de los que
Bolivia fue parte como la Convención Relativa a los Humedales de Importancia
Internacional Especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas, el Convenio sobre
la Diversidad Biológica, el Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el
Cambio Climático y Convención sobre la conservación de las especies migratorias
de animales silvestres.
Aunque
no se encuentra específicamente señalada en la Acción por no corresponder en
este tipo de demandas, el Defensor señaló que el Decreto también vulnera
aspectos sustanciales de la ley del Medio Ambiente, la Ley de la Madre Tierra,
el Reglamento de Manejo de Áreas Protegidas así como los Decretos que señalan
los objetivos específicos por los que fueron creadas cada una de las 22 áreas
protegidas de alcance nacional¬. “Es
tal la cantidad de normas que se están afectando con el 2366 que nos recuerdan
a los Decretos Ley que emitían gobiernos militares sin ninguna consideración
por las normas que hacen al Estado de derecho y la misma democracia”, señaló.
La
Autoridad explicó que en Bolivia existen 22 Áreas Protegidas de alcance
nacional, 24 de alcance departamental y 81 de alcance municipal, es decir 127
en total. “Pese a que los artículos 302
y 304 señalan competencias exclusivas de los municipios y de los pueblos
indígenas, el Decreto 2366 arroga al nivel central la potestad de afectar las áreas
protegidas en áreas que no son de su competencia, generando otra vulneración a
la norma suprema”, indicó.
La
acción abstracta, tomando como base información del SERNAP, explica que tan
solo en las 22 áreas protegidas del país, viven actualmente 20 pueblos
indígenas, es decir el 55% de los 36 que menciona la Constitución. Además las áreas protegidas de San Matías,
Madidi, Apolobamba, Kaa-Iya, Estación Biológica del Beni, TIPNIS, Eduardo
Abaroa, Pilón Lajas, Iñao y Aguarague, se superponen con 19 Territorios
Indígenas Originarias Campesinas.
En
relación a los efectos que puede tener de forma inmediata, el Defensor señaló
que existen informes de entidades especializadas en el tema que indican con
claridad que la exploración sísmica que utiliza explosivos, afecta de manera
importante los recursos hídricos desviando cauces naturales y originando la
desaparición de nacederos. Además, durante esta etapa se generan desechos, se
contamina, se deforesta y se construyen trochas de penetración en ecosistemas
delicados.
Pero
lo más preocupante en este ámbito, mencionó la autoridad, es la amenaza que
contiene el Decreto cuando señala que “En caso que los resultados de
exploración concluyan con un descubrimiento comercial para la fase de
explotación, el Titular podrá solicitar al SERNAP la evaluación y revisión de
los instrumentos de planificación u ordenamiento espacial del Área Protegida,
para su adecuación y/o actualización cuando corresponda”. Esto significa que si se encuentra
hidrocarburos, la empresa transnacional puede solicitar el cambio de objetivo
de creación al área protegida, lo que podría implicar su desaparición o
afectación irreversible.
El
Defensor explicó también que el Decreto Supremo 2366 no sólo está atentando
contra los sistemas de vida en las áreas protegidas, invadiendo de manera
ilegal territorios indígenas y echando por tierra el mandato de la consulta
previa, sino que está yendo contra decisiones sustanciales del pueblo boliviano
y de países del mundo que están buscando mecanismos para proteger y cuidar el
planeta para las presentes y futuras generaciones.
“Estas
decisiones van contra los principios fundamentales del Estado Plurinacional
pero sobre todo se asumen para favorecer al sistema colonial capitalista que,
como sabemos, vive y se fortalece en base a la depredación de los recursos
naturales de países subdesarrollados, la destrucción del medio ambiente y la
explotación inmisericorde del planeta para generar la energía que precisa para
el enriquecimiento de las grandes corporaciones que ya están explorando
territorios en Bolivia”, afirmó el Defensor.
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