@ANBOLIVIA: TSE DICE QUE NO LE COMPETE CONOCER ADVERTENCIA DE EVO

@ANBOLIVIA TV

ooooo00000 ---------- LO ÚLTIMO ---------- 00000ooooo

DONALD TRUMP, HERIDO TRAS OÍRSE PRESUNTOS DISPAROS EN UN ACTO DE CAMPAÑA EN PENSILVANIA QUE DEJA DOS MUERTOS

ATENTADO EEUU (ANB / EUROPA PRESS).- El expresidente estadounidense Donald Trump ha resultado herido este sábado durante un acto de precam...

martes, 10 de marzo de 2015

TSE DICE QUE NO LE COMPETE CONOCER ADVERTENCIA DE EVO

Si hay delito, pasa a la Fiscalía, señala Velasco
Wilma Velasco dice que el Ministerio Público debe conocer este tema. Foto: ERBOL.
LA PAZ, BOLIVIA (ANB / Erbol).- La presidenta del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Wilma Velasco, afirmó que no es competencia de esta entidad conocer la advertencia que hizo el presidente Evo Morales, en sentido que sólo hará obras en El Alto y el departamento de La Paz, si la votación beneficia a Édgar Patana y Felipa Huanca.

       
“No es de competencia del Tribunal Supremo Electoral conocer y resolver esto, es directamente de conocimiento del Ministerio Público”, manifestó Velasco.

El sábado 28 de febrero, Morales dijo: “¿Cómo yo puedo trabajar en la ciudad de El Alto con la gente de la derecha? Yo no voy a trabajar, hermanas y hermanos. Si quieren más obras, aquí está Édgar Patana, está Felipa Huanca. Hagan una reflexión, depende de ustedes”.

Velasco explicó que si se tratara de un caso de delito electoral, tipificado en la Ley 026, es el Ministerio Público que debe conocer y resolver el tema. 

La autoridad electoral indicó que remitiría los antecedentes del caso a la Fiscalía, si tuviera conocimiento de las circunstancias de la declaración de Morales.

Manifestó que cualquier persona que tenga conocimiento de una infracción electoral puede denunciarla.


La Ley 026 tipifica como delito de coacción electoral a la situación en que “la servidora pública o el servidor público electoral, policial, militar o persona particular que coaccione, atemorice o ejerza violencia en contra de subalternos de su dependencia o de cualquier ciudadana o ciudadano, para que se afilien a determinada organización política o voten por determinada candidatura en un proceso electoral u opción en un referendo o revocatoria de mandato, será sancionada o sancionado con pena privativa de libertad de uno (1) a tres (3) años”.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

ANBOLIVIA te invita a ser el quinto poder, opina...con respeto

DEJA TU OPINIÓN EN:
TW: @ANBOLIVIA

TW: @ANBdigital

F: https://www.facebook.com/anboliviadigital

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...