En
dos de sus artículos
LA PAZ, BOLIVIA (ANB / Erbol).- La Ley 351 de Otorgación de Personalidades Jurídicas fueron
declarados constitucionales por la Sala Plena del Tribunal Constitucional
Plurinacional (TCP). La norma que permite el cierre de una Organización No
Gubernamental.
En el
fallo del TCP, se resuelve declarar que los estatutos de las organizaciones no gubernamentales y fundaciones, deben
contribuir al desarrollo económico y social, tal como lo establece el artículo
17, Parágrafo II de la Ley 35. También se declaró constitucional el artículo
19, inciso G, del Decreto Supremo 1597 de 5 de junio de 2013 del TCP.
En
junio de 2015, el presidente Evo Morales advirtió, en un evento público, que se
expulsará del país a cualquier ONG o fundación que intente perjudicar la
exploración de hidrocarburos.
En
agosto de 2015, el exDefensor del Pueblo, Rolando Villena, tildó de
“inconstitucional” la Ley 351 debido a que vulnera el derecho a la libre
asociación para conformar Organizaciones No Gubernamentales (ONG).
El
fallo del TCP concluye que “no se advierte desconocimiento, vulneración y menos
lesión a los principios de supremacía constitucional y jerarquía normativa,
resultando por ello (las normas en cuestión) son constitucionales”.
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