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sábado, 23 de enero de 2016

PERSONAL HOSPITALARIO NO SABE SOBRE DERECHOS DE PACIENTES

Más del 50% los desconoce, según investigación
LA PAZ, BOLIVIA (ANB / Erbol).- Una investigación realizada por el Defensor del Pueblo detectó que más del 50% de médicos y personal de hospitales públicos en el país no conoce la Ley 475 que defiende los derechos de pacientes.


De acuerdo al informe presentado, funcionarios de centros hospitalarios visitados desconocen la norma y sus reglamentos, así como las prestaciones que otorga y el procedimiento de atención.  El desconocimiento es mayor en los hospitales de la Seguridad Social.

Otro de los graves problemas identificados es la sobresaturación de pacientes.

“Existe una sobrecarga laboral y excesiva demanda de servicios debido a la cantidad de asegurados, beneficiarios y usuarios que supera la capacidad de atención de los centros verificados, lo que ocasiona que algunos centros de salud deban rechazar la atención por la falta de espacio, de camas disponibles, de médicos y de especialistas”, señala.

Para evitar este extremo “en algunos casos habilitan colchonetas para la atención o improvisan ambientes y oficinas para este fin”.

El estudio también alude a la tardanza de los desembolsos de los municipios a los establecimientos de salud por las atenciones y medicamentos otorgados a los beneficiarios que en algunos casos supera los cinco meses, aunque explica que este retraso se debe en parte a errores de los propios centros de salud que no demandan el pago en los plazos establecidos. 

Asimismo, se evidencia el funcionamiento deficiente en el sistema de Redes de Salud de los primeros niveles de atención que no cuentan con personal suficiente, infraestructura, insumos y medicamentos que permitan una atención de calidad, lo cual evitaría la remisión de los pacientes a otros niveles.  En cuanto a la disponibilidad de medicamentos, ésta es insuficiente y existen limitaciones en la cantidad y calidad y la provisión gratuita no se cumple en su totalidad.

El defensor Rolando Villena recordó que la Ley 475 de “Prestaciones de Servicios de Salud Integral”, debiera beneficiar a mujeres embarazadas; a niñas, niños menores de 5 años de edad; a mujeres y hombres a partir de los 60 años y a personas con discapacidad, con un total de 780 prestaciones; de ellas, 612 son atenciones ambulatorias y de hospitalización, 110 de laboratorios, 46 exámenes de diagnóstico y 12 prestaciones de banco de sangre segura.


Esta legislación incluye a los establecimientos de salud públicos, de la seguridad social de corto plazo y privados bajo convenio y absorbe, bajo un sistema único, al Seguro Universal Materno Infantil (SUMI) y del Seguro de Salud para el Adulto Mayor (SSPAM). Pese a la amplitud de las prestaciones y garantía de los servicios, esta norma se enfrenta a los problemas descritos, lo que impide que los derechos de las y los pacientes se cumplan.

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