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domingo, 12 de febrero de 2017

CULPAN A PADRES DE FAMILIA POR PEDERASTIA

Sacerdote de Cali involucrado
ESPAÑA (ANB / Tomado de El Tiempo).- “¿Dónde estaba la familia?”. Esa fue la pregunta que hizo un abogado de la Arquidiócesis de Cali ante un juzgado, para tratar de salvar a esa institución religiosa de pagar una indemnización de $ 8.270 millones por el abuso que sufrieron cuatro niños por parte de un sacerdote de dicha congregación.


Para eximir a la Arquidiócesis de responsabilidad, el abogado culpó a los padres de los menores. Según la defensa, tuvieron una actitud “omisiva, laxa, permisiva, abandonada y desinteresada”, que habría llevado a desproteger a sus hijos. Lea: 'No persigo a la Iglesia, quiero justicia', abogado de las víctimas.

“La conducta se cometió sobre niños de entre 10 y 13 años que no tenían libertad de decidir qué hacer, dónde dormir, qué comer, a qué colegio ir. Son menores que se encontraban bajo el imperio de la institución de la familia (padre, madre, hermanos mayores, abuelos, tíos, que son los máximos reclamantes), los cuales no mostraron ninguna clase de interés por sus hijos, de comunicación, de diálogo, de prevención y custodia, salvaguarda de la vida, la libertad, la honra”, se lee en el documento. Le puede interesar: 'Debemos hacer una reparación, pero en su justa medida': arzobispo.

La postura del abogado generó debate y la indignación de sectores, que llenaron de comentarios las redes sociales argumentando que esa postura revictimiza a los menores y a su familia. No es la primera vez que la Iglesia intenta evadir con una tesis polémica una condena económica por pederastia. En el 2015, cuando la Sala Civil de la Corte Suprema condenó a la Diócesis de Líbano-Honda (Tolima) a pagar $ 800 millones porque uno de sus sacerdotes abusó de un menor de 14 años, esa institución argumentó que la responsabilidad era individual (del sacerdote) y que nada tenía que ver con sus delitos.

“Los actos de los sacerdotes no comprometen la responsabilidad de la Diócesis al no tener una relación directa de subordinación o dependencia de la institución”, dijeron directivas de la Iglesia.

La Corte demostró que los hechos ocurrieron en la parroquia, en medio de las funciones que desempeñaba el sacerdote. Así, la Corte dijo que “los entes jurídicos no obran por sí mismos sino a través de sus agentes, por lo que los actos culposos y lesivos que estos cometen en el desempeño de sus cargos obligan directamente a la organización a la que pertenecen”.

Como en el caso de la Diócesis de Líbano-Honda, la Arquidiócesis de Cali también asegura que debe ser declarada libre de responsabilidad, pues los hechos por los que el cura William de Jesús Mazo fue condenado “se debieron a la órbita de su esfera personal y de su vida privada, y nunca fueron en razón o con ocasión de sus funciones, ni como representante de la Iglesia”.

El proceso de Cali

El caso que encendió esta semana el debate se inició en el 2009, cuando el cura Mazo abusó sexualmente de cuatro menores de edad en una iglesia del distrito de Aguablanca, en Cali. El sacerdote, según la condena, los invitó a dormir en la parroquia y les ofreció dinero a cambio de su silencio.

Por esos hechos, en una de las sentencias más duras contra un clérigo, Mazo fue condenado en el 2012 a 33 años de prisión y, tras el fallo, el año pasado se inició un incidente de reparación con el que las familias de los niños afectados le exigieron una indemnización a la Arquidiócesis, pues los delitos cometidos comprometieron a uno de sus integrantes.

Pero el abogado de la Arquidiócesis de Cali insistió en que los padres tienen parte en los delitos contra sus hijos, considerando que “también es responsable la parte que, en últimas, tuvo oportunidad de evitar el daño y no lo hizo”.

El abogado de la institución religiosa usó, así mismo, otros argumentos, como que el cura condenado no le respondía a la Arquidiócesis de Cali, donde hacía una pastoral transitoria, sino a la de Santa Fe de Antioquia, donde fue ordenado en 1989.

Ante la polémica, la Arquidiócesis de Cali emitió un comunicado en el que “reitera su compromiso” por hacer de sus espacios lugares seguros, y “rechaza de forma tajante” cualquier abuso. Afirmó que para acompañar a las víctimas de estos delitos creó hace dos años la Fundación Nacer.

También dijo que por la condena retiró del sacerdocio al cura Mazo Pérez y que aún no existe una sentencia en su contra que la haga “penal, ni civilmente responsable del asunto que se ventila” y calificó de “exageradas” las pretensiones económicas de las familias de las víctimas.

El caso de Rosa Elvira

El año pasado, la Secretaría de Gobierno de Bogotá emitió un polémico concepto en una demanda contra el Distrito, en el que señaló que Rosa Elvira Cely, violada y asesinada en el Parque Nacional en el 2012, debió prever el riesgo.

“Todos sabían que tenían comportamientos raros y los tildaban de malosos (a Javier Velasco y Mauricio Ariza, los hombres con los que salió esa noche). No obstante lo anterior, Rosa Elvira Cely salió a departir con ellos, se tomaron unos tragos”, era uno de los argumentos del Distrito para intentar contrarrestar la demanda.

Sin embargo, la divulgación del texto generó una oleada de críticas de la opinión y ciudadanía en general, que llevó no solo a la renuncia a su cargo de una de las abogadas que escribieron el concepto sino a que la Alcaldía ordenara retirar el documento del proceso.


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