LA PAZ, BOLIVIA (ANB / ABI).- La viceministra de Política Tributaria, Susana
Ríos, informó el martes que el proyecto de ley que modifica el Código
Tributario establece que los contribuyentes que no emitan facturas podrán
acogerse al "arrepentimiento eficaz" (admitir la falta) para evitar
la clausura de sus negocios en la primera y segunda vez que sean sorprendidos
cometiendo la infracción.
Explicó
que entre la tercera y quinta vez, según la propuesta, el contribuyente
infractor podrá acogerse al "arrepentimiento eficaz" sólo para
reducir a la mitad el tiempo de clausura de sus negocios.
"Tiene la posibilidad de irse al arrepentimiento eficaz y puede
cambiar esta primera vez. La tercera vez ya no puede cambiar, pero si se acoge
al arrepentimiento eficaz se le aplicará la mitad del tiempo de clausura",
indicó en una entrevista con Bolivisión.
Ayer, la
Asamblea Legislativa Plurinacional suspendió indefinidamente el debate y
análisis del proyecto de Ley que modifica el actual Código Tributario, para
evitar la politización de esa norma, ante movilizaciones de gremiales.
Ríos
explicó que el proyecto de ley establece también que la Autoridad de
Impugnación Tributaria convocará al Servicio de Impuestos Nacionales para que
justifique con pruebas la sanción de clausura a un determinado negocio que no
emitió facturas.
Con esos
datos, aseveró que la nueva norma garantiza un proceso justo antes de autorizar
la clausura de los negocios donde no se emiten facturas
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