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domingo, 2 de junio de 2013

DEFENSORÍA DEL PUEBLO RECIBE CERTIFICACIÓN DE LA ONU

Defensor del Pueblo, Rolando Villena.
LA PAZ, BOLIVIA (ANB / Erbol).- La Defensoría del Pueblo de Bolivia recibió del Comité Internacional de Coordinación (CIC) de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (INDH),  la certificación “Clase A” que se le otorga a la institución que cumplió a cabalidad con los Principios de París, adoptados por la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en 1991 y ratificados por la Asamblea General de la ONU en 1993.


Esta acreditación fue entregada al Defensor del Pueblo, Rolando Villena, durante la  vigésima sexta Reunión Anual  del CIC que se desarrolló, días atrás, en Ginebra, Suiza, evento en el que además, se realizó la Reunión de la Red de Instituciones Nacionales para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos del Continente Americano.

Villena destacó que, esta certificación, que es la máxima que confiere el CIC, reconoce el trabajo que se impulsa desde su despacho enmarcado en la independencia, pluralismo y autonomía, además de mantener una relacionamiento con la sociedad y otras instituciones de derechos humanos nacionales internacionales.  Al momento de informar sobre la calificación obtenida, el Defensor boliviano expresó su satisfacción señalando que de esta manera se reconoce el trabajo silencioso pero muy comprometido de todos los funcionarios y funcionarias de la institución “que cumplen su responsabilidad con una gran convicción y entrega por la defensa y promoción de los derechos humanos”.

Esta es la segunda vez, durante esta gestión, que la institución boliviana destaca a nivel internacional. La primera fue el nombramiento del Defensor, Rolando Villena como el presidente del Consejo Andino de Defensores del Pueblo (CADP), cargo que ocupa desde marzo pasado.

La certificación “Clase A” para Bolivia fue aprobada por el Subcomité de Acreditación del CIC tras una evaluación al informe presentado por la Defensoría de Pueblo sobre su trabajo desarrollado en la defensa y promoción de los derechos humanos y acorde a lo que estipulan los Principios de París. La mencionada acreditación se la evalúa cada cinco años y Bolivia la había obtenido por primera vez en el anterior quinquenio.

Esta acreditación significa que el trabajo de la institución es plenamente coherente con los Principios de Paris, lo cual le faculta a un acceso mucho mayor a los comités de tratados y otros órganos de derechos humanos de la ONU y tienen derecho a ser miembros del CIC con poder de voto y ocupar cargos directivos; la certificación “Clase B” otorga un estatus de observador con derecho sólo a voz, mientras que  la “Clase C” implica una situación “sin estatus” y sin conformidad con los mencionados Principios.

En la reunión anual de Ginebra, lograron la acreditación “Clase A”, además de la Defensoría del Pueblo de Bolivia, la de Panamá y el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) de Chile. Hasta mayo de 2012, en América Latina lograron esta máxima categorización Argentina, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú y Venezuela.

Los Principios de París establecen que las INDH deben trabajar para la armonización de las leyes nacionales y las normas internacionales de los derechos humanos, promover la ratificación de los tratados internacionales de derechos humanos, apoyar la educación en derechos humanos, llevar a cabo investigaciones sobre temas de derechos humanos, presentar informes o recomendaciones a cualquier órgano administrativo público sobre temas relacionados con la promoción y protección de los derechos humanos y colaborar con otros actores involucrados en labores de derechos humanos a nivel nacional, regional e internacional y de recibir e investigar quejas y peticiones por parte de individuos que aleguen haber sufrido violaciones a sus derechos humanos.



El Subcomité también evalúa el cumplimiento de requisitos como independencia; competencia para promover y proteger los derechos humanos; poseer un mandato amplio, claramente enunciado en un texto constitucional o legislativo; su composición y el nombramiento de sus miembros deberán ajustarse a un procedimiento que ofrezca todas las garantías necesarias para asegurar la representación pluralista de las fuerzas sociales; deben contar con recursos suficientes para cumplir su mandato y lograr la autonomía respecto del Estado y evitar un control financiero del Estado que afecte su independencia; deben ser accesibles para las víctimas, posibles y reales, de los infractores de los derechos humanos; contar con una metodología de cooperación con el Gobierno, las ONG, las organizaciones del sector privado y los particulares, en el ámbito nacional e internacional. (Nota de prensa)

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