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martes, 9 de agosto de 2016

MONTAÑO: ANUNCIO DE PROTESTA DE MINEROS COOPERATIVIZADOS ES INJUSTIFICADO

LA PAZ, BOLIVIA (ANB / ABI).- La presidenta de la Cámara de Diputados, Gabriela Montaño, afirmó el martes que el sector minero cooperativizado no tiene razón alguna para protestar, tomando en cuenta que sus representantes participaron en la redacción de la modificación a la Ley General de Cooperativas.


    "Aclarar que la redacción de la disposición final fue hecha de manera conjunta con técnicos de Fencomin y Concobol en una reunión convocada por el presidente del Senado, Gringo Gonzales y mi persona. Estuvimos reunidos con ambos compañeros y se acordó esta redacción. Por eso nos sorprende tanto que amenacen con medidas de presión", explicó a los periodistas.

    La titular de la Cámara Baja informó que el presidente de la Federación Nacional de Cooperativas Mineras (Fencomin), Carlos Mamani, y el presidente de la Confederación Nacional de Cooperativas de Bolivia (Concobol), Albino García, además de técnicos de ambas organizaciones, participaron activamente en la redacción de una Disposición Transitoria y de una Disposición Final que modifica el artículo 37 de esa Ley.

    En esa línea, llamó a los representantes del sector a asistir a la mesa de diálogo con el vicepresidente del Estado, Álvaro García Linera y el ministro de la Presidencia, Juan Ramón Quintana.

    La disposición final de esa Ley resguarda los derechos sindicales, laborales y de los asociados de los sindicatos pre existentes a la promulgación de la ley, así como de los que fueren a constituirse a futuro en los sectores de servicios y servicios públicos.

    Antes de la modificación, se prohibía toda forma de sindicalización en cualquier tipo de cooperativa.

    Las cooperativas mineras pertenecen al sector de producción, por lo que quedan exentas de la sindicalización, ese derecho constitucional se aplica solamente en las cooperativas de servicios y de servicios públicos, por ejemplo, en aquellas cooperativas que brindan servicio telefónico y servicios de electricidad y agua potable.

    "Solamente se reconoce la sindicalización en cooperativas de servicios públicos y servicios porque ahí siempre van a haber trabajadores, siempre habrán sindicatos. Por eso hay que entender la clara diferencia entre cooperativas de servicios públicos y cooperativas mineras. Éstas últimas seguirán funcionando bajo su naturaleza: trabajando personalmente en la explotación de minerales", aseguró la titular de la Cámara Baja.

    Montaño dijo que con esa Disposición Final, se resguarda en unas cuantas líneas, los derechos constitucionales de las cooperativas sindicalizadas y a la vez de aquellas cooperativas que no desean sindicalizarse para no perder su naturaleza.


    "La intención nunca fue afectar al sector cooperativista minero, pero tampoco se puede poner los intereses del sector minero cooperativista por encima de los intereses de los trabajadores de cooperativas de Servicios Públicos que estaban siendo afectados por la redacción del artículo 37", fundamentó.

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