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miércoles, 27 de enero de 2016

TCP ACLARA QUE NO DISPUSO LÍMITE PARA DIFUSIÓN DE ACTOS

Corrieron rumores de que se permitió 2 horas
LA PAZ, BOLIVIA (ANB / Erbol).- El magistrado del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), Oswaldo Valencia, explicó que la sentencia que deja sin efecto el límite de los 15 minutos en las transmisiones de entrega de obras del Gobierno, no determina que la difusión de estos actos tenga un tiempo límite de dos horas u otro tiempo, como se manifestó en algunos medios de comunicación.


“El Tribunal Constitucional en su parte resolutiva, fue muy cauto en no excederse más allá de sus atribuciones y se ha limitado a indicar que declara la inconstitucionalidad del artículo 24 del Reglamento de Campaña aprobado por el Tribunal Supremo Electoral, y el TCP no fue más allá”, explicó el jurista en entrevista con ERBOL.

Explicó que ahora le corresponde al Órgano Electoral Plurinacional (OEP) determinar en coordinación con la Asamblea Legislativa, si existirá una ampliación en el tiempo de difusión de los actos oficiales mediante el canal estatal.

"Tratándose de un tema ligado a la información, el Órgano Electoral debería coordinar con el Órgano Legislativo y con la Asamblea Legislativa donde ellos puedan definir qué situación se determinaría mediante un reglamento o una ley”, agregó Valencia.

Ayer, tras una reunión de al menos cinco horas, el TCP determinó la inconstitucionalidad del artículo 24 del Reglamento para Campaña y Propaganda Electoral, dejando sin efecto el límite de los 15 minutos en la trasmisión de actos gubernamentales.

El TCP argumentó que con esta decisión se preserva el derecho a la información de la ciudadanía. Valencia reconoció que cualquier persona, organizaciones e instituciones tienen la vía expedita para impugnar las normativas que creen que vulneran su derecho a la información.


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