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martes, 21 de octubre de 2014

PEÑA: MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA PODRÁN CAMBIAR DE COLEGIO A SUS HIJOS CON FACILIDAD

LA PAZ, BOLIVIA (ANB / ABI).- La ministra de Autonomías, Claudia Peña, informó el martes que el reglamento de la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia establece que, cuando una mujer es víctima de violencia podrá cambiar de colegio a sus hijos con facilidad.


    "El reglamento establece que si hay una mujer que sufre violencia, esta persona va a poder realizar el cambio de unidad educativa de sus hijos con mucha facilidad y el Ministerio de Educación debe darle todas las facilidades para que eso suceda", informó a Bolivia TV.

    Peña explicó que la Ley permitirá cambiar de unidad educativa a los hijos de las víctimas de violencia, porque cuando una mujer sufre violencia en su hogar y finalmente sale escapando, muchas veces los hijos son utilizados para chantajearla, para que vuelva a su casa.

    Por otra parte,  informó que la norma establece que cuando la Policía Boliviana solicita recursos a las gobernaciones o municipios, para material, para equipamiento, entre otros aspectos, "el 5% de los recursos que solicite la Policía a las gobernaciones y los municipios, debe destinarlos a la Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia hacia las Mujeres, la FELCV".

    El 14 de octubre pasado, el presidente Evo Morales promulgó el reglamento de la Ley Integral 348 para garantizar una vida libre de violencia a las mujeres e instó a ese grupo de la sociedad a denunciar la violencia de la que es víctima, con miras a reducir los casos y eliminar ese comportamiento machista y patriarcal de la sociedad.

    La Ley Integral 348 fue promulgada el 9 de marzo de 2013, pero hasta hace una semana carecía de reglamento que, según la Ministra de Justicia, Sandra Gutiérrez, era el pretexto para que muchos operadores de justicia se nieguen a implementarla.

    El decreto reglamentario establece, entre otros aspectos, recursos económicos para la creación de casas de acogida y el potenciamiento de la FELCV.

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