POLÉMICA
LA PAZ, BOLIVIA (ANB / Erbol).- El expolítico y empresario privado Samuel Doria Medina advirtió este sábado que la reciente promulgación de la Ley del Oro no resuelve todos los problemas económicos y sugirió trabajar en otras medidas económicas que aseguren un equilibrio económico del país.
“La ley del oro da esperanzas a
los mercados. Ojalá que las autoridades no crean que han resuelto el asunto y
que, paralelamente, trabajen por reducir gastos, contraer la masa monetaria,
aumentar exportaciones, cambiar las expectativas de la gente”, escribió en su
cuenta de twitter.
Arce promulgó este 5 de mayo de
2023 la Ley Nº 1503 sin esperar trámites administrativos más que la publicación
en la Gaceta Oficial, convirtiendo al Banco Central de Bolivia (BCB) de
custodio a un comprador y vendedor de oro y habilita al ente emisor como un
competidor más en el mercado interno.
Lo que habitualmente toma varios
días, la Gaceta Oficial se tomó horas en publicar la ley que pone en vigencia
una norma destinada al fortalecimiento de las reservas internacionales y
efectuar operaciones financieras con las Reservas Internacionales en oro en los
mercados internacionales.
La ley señala que se encuentran
bajo el ámbito de aplicación de la presente Ley, las personas individuales y
jurídicas, públicas y privadas legalmente establecidas, registradas y
autorizadas por las entidades competentes, que participen en la
comercialización del oro.
El artículo 3 indica que autoriza
al “Banco Central de Bolivia comprar oro como un participante más en el mercado
interno, de las personas individuales y jurídicas, públicas y privadas
legalmente establecidas, registradas y autorizadas por las entidades
competentes, que participen en la comercialización del oro”.
Añade que las personas individuales
y jurídicas, públicas y privadas no tienen la obligación de ofertar ni vender
la producción de oro al Banco Central de Bolivia.
El Banco Central de Bolivia para
la compra de oro en el mercado interno, pagará en moneda nacional, tomando como
base el precio de la cotización internacional del oro, en condiciones
competitivas, conforme a reglamentación emitida por el Banco.
A fin de evitar las
susceptibilidades ordena que el Banco deberá mantener un mínimo de 22 toneladas
de reservas de oro de las Reservas Internacionales, computable semestralmente a
partir de la aprobación de la presente Ley.
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