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domingo, 30 de agosto de 2020

EL ABOGADO QUE PLANTEÓ JUICIO CONTRA MORALES EN LA CPI PREVÉ QUE "AMBIGÜEDADES Y FALTA DE GARANTÍAS" DE LA JUSTICIA BOLIVIANA PUEDEN RESPALDAR AL PROCESO (ENTREVISTA)

BOLIVIA-JUSTICIA


LA PAZ, BOLIVIA (ANB / ABI).-
Alfonso M. Dorado, el abogado habilitado ante la Corte Penal Internacional (CPI) para representar a un grupo de 10 ciudadanos bolivianos que presentaron una denuncia por crímenes de lesa humanidad contra el expresidente Evo Morales, prevé que "ambigüedades y falta de garantías" en la justicia del país pueden respaldar un eventual juicio.

 

Estas debilidades, incluso señales de "clientelismo político" por los vínculos de los operadores de justicia con el gobierno de Morales pueden constituirse, incluso, en una base probatoria para que la entidad internacional tome el caso por crímenes de lesa humanidad, señaló el jurista durante una entrevista que sostuvo desde París con el periódico Bolivia.

 

Dorado explicó el procedimiento y los requisitos para que la Fiscalía Internacional prosiga con el examen preliminar y la investigación de los hechos denunciados y aclaró que el Estado boliviano aún no ha tomado parte activas en estos procedimientos preliminares.

 

La denuncia contra Morales y exministros -presentada el 30 de noviembre de 2019 ante la CPI- detalla hechos cometidos entre el 27 de octubre y el 20 de noviembre del 2019, tras el presunto fraude electoral del 20 de octubre de ese año.

 

Una ampliación de esa denuncia considera otros sucesos discontinuos y de carácter político-ideológico ocurridos entre el 09 de junio del 2006 y el 20 de noviembre de 2019. El 25 de febrero de 2020, la Fiscalía de la CPI instruyó un análisis jurídico de los acontecimientos.

 

P- ¿Qué se requiere para pasar del análisis jurídico al examen preliminar y luego a la investigación?

 

R- La Fiscalía tiene que averiguar primero si Bolivia ratifica o no el Estatuto de Roma y la respuesta es sí, obviamente. La segunda pregunta de un análisis jurídico básico es preguntar dónde han sucedido estos hechos, si han sucedido en Bolivia o si estos hechos aún suceden en el Estado que ha ratificado el Estatuto, es otra condición indispensable.

 

Una tercera pregunta importante que se hace al final del análisis, es: ¿qué ha hecho Bolivia para poder juzgar estos crímenes de lesa humanidad?

 

Hay dos condiciones que explica el Estatuto de Roma en el que la CPI, en este caso la Fiscalía, puede decidir si toma este caso porque se están cumpliendo las otras dos condiciones. Entonces si el Estado boliviano no puede juzgar estos crímenes de lesa humanidad, significa que no tiene un sistema judicial con instituciones judiciales adecuadas para iniciar la investigación.

 

Entonces la CPI dice "no tiene un poder judicial para poder juzgar", pero puede ser que se considere que el país no puede porque -aunque tenga un sistema judicial y no esté en guerra civil o esté relativamente pacífico- no tiene un sistema judicial imparcial.

 

Eso es lo que estamos intentando demostrar y hemos presentado elementos que demostraban un carácter muy ambiguo y ambivalente de las posiciones, en particular del Ministerio Público que hace parte del sistema judicial boliviano.

 

Nos demostró que había mucha ambigüedad y que no existía la objetividad suficiente y garantía del Estado boliviano y de la Fiscalía General para realmente llevar a cabo una investigación objetiva en contra de los acusados.

 

Los han acusado de terrorismo, de financiamiento al terrorismo y en realidad tenía que ser recalificado en crímenes de lesa humanidad y no lo han hecho, eso es una manera de aminorar la responsabilidad de los autores y si revisamos el Código Penal, podrían fácilmente eludir sus responsabilidades por estos hechos que son gravísimos.

 

La segunda posibilidad es que la Fiscalía puede considerar el principio de subsidiariedad, es decir, que el estado boliviano no quiere y si demuestra que no existe voluntad. Eso también dentro de la competencia de la Fiscalía dirá: "Yo considero por la información que tengo que el Estado boliviano no puede porque no existe imparcialidad o que además no existe voluntad real de perseguir", no significa condenar, pero significa por lo menos mínimamente investigar.

 

Se activa este principio y la Fiscalía en el análisis jurídico intentará informarse de manera reservada con las autoridades bolivianas para ver qué es lo que han hecho, qué está sucediendo con estos hechos que han sido denunciados y para ver hasta dónde va, qué sucede y si realmente ver si existen garantías o no para llevar a cabo la investigación de estos crímenes de lesa humanidad.

 

P- ¿Cuáles son los elementos que demostraron?

 

R- Los elementos que hemos podido demostrar y que se denunciaron incluso antes o al momento del primer cerco a las ciudades que fue instruido por Evo Morales en octubre y otros casos, donde la fiscalía del Estado boliviano no reaccionó, incluso rechazó.

 

Hay muchos elementos que vienen a demostrar que el Ministerio Público no podía posiblemente por presiones políticas muy fuertes y no tenía la voluntad real. Esa situación continuó en evolución, no ha cambiado mucho en este tiempo. Tampoco hubo recalificación como crímenes de lesa humanidad.

 

Eso es parte del análisis jurídico que tendrá que hacer la Fiscalía de la CPI en función a la información complementaria que va a recabar para poder tomar después su decisión.

 

P- Entonces esta ambigüedad y falta de garantías dentro del sistema judicial boliviano, ¿podría ayudar a que la Fiscalía de la CPI tome en cuenta la denuncia por lesa humanidad?

 

R- Sí, así es. Yo tendría muchas dudas con respecto a la parte jurisdiccional, es decir de juzgamiento en Bolivia. No es, estoy seguro que tengamos realmente garantías de un proceso imparcial tanto para las víctimas como incluso para los autores en Bolivia para este tipo de hechos. Tengo serias dudas.

 

Ese tipo de análisis lo hace la Fiscalía de la CPI -que es prácticamente al final de sus análisis jurídico -de saber que existe voluntad o no del Estado en cuestión para perseguir o si puede o no.

 

El si puede o no y la voluntad están estrechamente relacionados en el tema de la imparcialidad para juzgar de la objetividad y la persecución realmente demostrada de este tipo de hechos, sobre todo de la recalificación que debería hacerlo por crímenes de lesa humanidad.

 

P- Nos dijo que la Fiscalía boliviana no activó una denuncia por lesa humanidad, ¿Cómo afecta esto al proceso de investigación en la Fiscalía Internacional?

 

R- Es más un tema de tiempo y de peso, sobre los hechos en sí mismos que se han denunciado no tienen un gran impacto. Sin embargo, obviamente es siempre mejor que un Estado pueda apoyar los hechos denunciados y eso permite acelerar el procedimiento sobre todo en la investigación de la Fiscalía. Lamentablemente hay casos que duran años.

 

El problema es que cuando no tiene un Estado que respalda, simplemente hay un riesgo de que se pierdan las pruebas, los testigos desaparezcan o que no se vuelva a contactar a los testigos claves.

 

Entonces existe una dispersión de los elementos de prueba que se diluyen y eso complica el trabajo de la Fiscalía de la CPI y para el eventual procesamiento.

 

P- ¿Qué otros elementos comentó usted a la Fiscalía de la Corte sobre el sistema judicial en Bolivia?

 

R- Los elementos que han parecido muy contradictorios de la posición de la Fiscalía General desde el principio por los hechos.

 

De manera clara y concisa se explicó -y no hay ningún secreto en eso- es también la carrera de las personas que están manejando el Ministerio Público en Bolivia. Cuál ha sido su trayectoria pero, ligada a los autores.

 

Los nombramientos y designaciones que han beneficiado y que demuestran que su objetividad está cuestionada porque en cierta manera cuando uno ve su trayectoria y que además no es en una sola institución durante 20 a 30 años sino que son de saltimbancos de altos puestos que van desde el Tribunal Constitucional, Ministerio de Asuntos Exteriores y Fiscalía.

 

No solo hablo en este caso pone en duda, porque estamos hablando de las mismas personas que lo han nombrado y que han designado. Un aparato que se ha ido constituyendo muchas veces de manera no muy positiva de clientelismo político y que al final pone en duda el trabajo que debería ser súper transparente y objetivo que tenga toda la legitimidad y la credibilidad tanto de la opinión pública y de organismos internacionales.

 

Hay una aparente credibilidad que se le quiere dar, pero está siempre en función a las presiones políticas. Ese es un problema endémico en Bolivia. Al darse esos elementos, son de información pública pero dentro de una perspectiva de un estudio serio ameritará muchas preguntas porque llama la atención la pasividad.

 

En Europa, cuando miran quienes son las autoridades que omitieron de actuar o no actuaron por omisión, llama la atención y eso es parte del análisis. En este caso, nosotros lo mencionamos.

 

P- ¿Durante el análisis jurídico, el Estado a través de sus instituciones puede contribuir con más pruebas?

 

R- Obviamente, ese es un tema que justamente dentro de unos días lo voy a abordar. El Estado boliviano puede acelerar el procedimiento de esta denuncia presentándose, interfiriendo y someter a investigación. La respuesta es tajante, sí. Pero no se la ha hecho. Hubo muchas promesas desde noviembre de 2019 y un poco después, pero formalmente no se lo ha hecho.

 

Yo personalmente estoy actuando en ese sentido y en otro momento diré cómo. En efecto, no hay nada, pero podría acelerarse el procedimiento y darle mayor fuerza.

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