LA PAZ, BOLIVIA (ANB / ABI).- La Comisión Mixta de Constitución de la Asamblea
Legislativa Plurinacional (ALP) aprobó el martes por la tarde, en grande y
detalle, el proyecto de ley para la modificación parcial de la Constitución
Política del Estado, que permitirá la repostulación del presidente Evo Morales
y del vicepresidente Álvaro García Linera, en las elecciones de 2019,
informaron fuentes oficiales.
"Incluida una disposición transitoria
ha sido aprobada en su estación en grande este proyecto de ley y luego en
detalle los dos artículos, cada uno a su turno han sido aprobados a través de
la votación correspondiente, al igual que la disposición transitoria y la
disposición final", informó el presidente de la Comisión Mixta, Milton
Barón.
La semana pasada, los movimientos sociales
encabezados por la Central Obrera Boliviana (COB) y la Coordinadora Nacional por el Cambio (Conalcam) presentaron
ese proyecto de ley para su debate como una iniciativa legislativa.
El asambleísta explicó que el proyecto de
ley de reforma parcial de la Constitución Política del Estado, contempla dos
artículos: el primero referido al objeto de la Carta Magna y en el segundo
artículo, establece la reforma al artículo 168 de la actual CPE, ampliándose la
repostulación y reelección del Presidente y Vicepresidente, "de una vez a
dos veces".
"También el proyecto de Ley contempla
una disposición transitoria única, la cual aclara que el primer período de
elección del presidente Evo morales y del vicepresidente Álvaro García Linera,
corresponde al período 2010 al 2015, la primera reelección sería del 2015, al
2020 y una segunda reelección, si acaso el pueblo boliviano así lo decide,
llegaría a ser entre el 2020 al 2025", puntualizó.
Según el legislador, la disposición
transitoria que delimita la repostulación hasta 2025, demuestra que los
políticos de oposición se equivocan al decir que el presidente Evo Morales
pretende "eternizarse" en el Gobierno.
Explicó que la disposición final del
proyecto de ley establece que la reforma de la Constitución debe ser aprobada
por el pleno de la Asamblea Legislativa Plurinacional, por dos tercios de votos
de los presentes y promulgada para entrar en vigencia, después de someter a un
referendo las modificaciones a la Carta Magna.
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