LA
PAZ, BOLIVIA (ANB / ABI).- El ministro de Trabajo, Daniel Santalla, presentó el
jueves el reglamento del incremento
salarial aprobado el pasado mes por el Gobierno en consenso con la Central
Obrera Boliviana de 10% a la masa salarial y 20% al Salario Mínimo Nacional.
'En
cumplimiento al decreto supremo 1988 el ministerio de Trabajo dispone la
presente reglamentación salarial particularmente para el sector privado, que
ningún trabajador o trabajadora puede ganar menos de 1.440 bolivianos',
afirmo en conferencia de prensa.
Por otra parte,
informó que el pago retroactivo a enero se debe pagar hasta el 31 de julio.
Santalla aclaró
que el incremento salarial no es obligatorio para personal de las empresas o
instituciones privadas que ocupen cargos de: presidentes, vicepresidente,
miembros de los directorios, directores ejecutivos, gerentes, subgerentes,
directores generales, directores y subdirectores, ejecutivos o cargos de igual
jerarquía
Precisó que el
incremento salarial del 10 por ciento es para todos los trabajadores,
cualquiera sea la modalidad de trabajo, ya sea por tiempo indefinido, a plazo
fijo, por temporada o por obra o servicio condicional o eventual.
'Los convenios
a los que arriben los trabajadores y empleadores con relación al incremento
salarial deben ser presentados hasta el 1 de septiembre del presente año, caso
contrario serán sancionados, ya que las disposiciones de orden laboral y social
son de cumplimiento obligatorio', argumentó.
Saben cuanta gente esta en las planillas con cargos ejecutivos, solo nominalmente, para que no perciba el incremento correspondiente?, este país es algo increible no hay quien defienda a estos trabajadores que lo hacen, no por hoby sino por necesidad y tienen que callarse para no perder su empleo y asi quedar sin lo poco que ganan; quiza para dar de comer a su familia o para el estudio o para pagar una vivienda, porque no ponen una media real de cual es el monto Mïnimo y Máximo para acceder al beneficio, sería quiza la forma de que los VIVOS de siempre cumplan alguna vez con la ley.
ResponderEliminarEl reglamento es muy general y cae en lo ambiguo, debia ponerse un monto tope, este puede ser 6 min nacionales del que hablaban los empresarios o un monto similar, ya que el empresario a título de cargo jerárquico no realiza el aumento salarial a una persona que tiene un sueldo de 5000 bs o menos , supuestamente porque tiene a su cargo gente y según su opinión ocupa cargo jerárquico, a mi parecer el cargo jerárquico tiene que ir relacionado al sueldo que persibe , en este caso la situación no esta clara en desmedro de los trabajadores que tienen un nivel de responsabilidad y decision importante dentro de la empresa y en su salario es rebasado por otro de jerarquia menor.
ResponderEliminarpor esa ambiguedad hay muchas personas que no recibieron su doble aguinaldo, donde estan las oficinas de trabajo llamadas a arbitrar estas situaciones y de oficio deberian controlar a la mpresa privada
ResponderEliminardobles aguinaldos, aumentos y demas una maravilla, pero los privados estan sacando todo eso del mismo cuero, reduciendo personal y aumentando la produccion por obrero, o sea quien es el que gana de todo esto?
ResponderEliminarUna consulta es verdad que el incremento solo para aquellos que ya vienen trabajando de la gestion pasada por que la empresa que trabajo dijo eso y no nos quieres pagar el 10% que aumentaron dice que asi esta en reglamento del incrrmento que alguien me de una orientacion urgente por favor
ResponderEliminarsii es verdad!! a mi me subieron el sueldo en abril y no me quieren incrementar el 10% en mayo que debo hacer?? acudir directo al ministerio de trabajo???
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