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jueves, 8 de mayo de 2014

MINISTRO DE TRABAJO PRESENTA REGLAMENTO DE INCREMENTO SALARIAL

LA PAZ, BOLIVIA (ANB / ABI).- El ministro de Trabajo, Daniel Santalla, presentó el jueves el reglamento  del incremento salarial aprobado el pasado mes por el Gobierno en consenso con la Central Obrera Boliviana de 10% a la masa salarial y 20% al Salario Mínimo Nacional.


    'En cumplimiento al decreto supremo 1988 el ministerio de Trabajo dispone la presente reglamentación salarial particularmente para el sector privado, que ningún trabajador o trabajadora puede ganar menos de 1.440 bolivianos', afirmo  en conferencia de prensa.

    Por otra parte, informó que el pago retroactivo a enero se debe pagar hasta el 31 de julio.

    Santalla aclaró que el incremento salarial no es obligatorio para personal de las empresas o instituciones privadas que ocupen cargos de: presidentes, vicepresidente, miembros de los directorios, directores ejecutivos, gerentes, subgerentes, directores generales, directores y subdirectores, ejecutivos o cargos de igual jerarquía

    Precisó que el incremento salarial del 10 por ciento es para todos los trabajadores, cualquiera sea la modalidad de trabajo, ya sea por tiempo indefinido, a plazo fijo, por temporada o por obra o servicio condicional o eventual.

    'Los convenios a los que arriben los trabajadores y empleadores con relación al incremento salarial deben ser presentados hasta el 1 de septiembre del presente año, caso contrario serán sancionados, ya que las disposiciones de orden laboral y social son de cumplimiento obligatorio', argumentó.

    El pasado 21 de abril, el presidente Evo Morales y la COB acordaron un incremento de 10% a la masa salarial y 20% al mínimo nacional.

6 comentarios:

  1. Saben cuanta gente esta en las planillas con cargos ejecutivos, solo nominalmente, para que no perciba el incremento correspondiente?, este país es algo increible no hay quien defienda a estos trabajadores que lo hacen, no por hoby sino por necesidad y tienen que callarse para no perder su empleo y asi quedar sin lo poco que ganan; quiza para dar de comer a su familia o para el estudio o para pagar una vivienda, porque no ponen una media real de cual es el monto Mïnimo y Máximo para acceder al beneficio, sería quiza la forma de que los VIVOS de siempre cumplan alguna vez con la ley.

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  2. El reglamento es muy general y cae en lo ambiguo, debia ponerse un monto tope, este puede ser 6 min nacionales del que hablaban los empresarios o un monto similar, ya que el empresario a título de cargo jerárquico no realiza el aumento salarial a una persona que tiene un sueldo de 5000 bs o menos , supuestamente porque tiene a su cargo gente y según su opinión ocupa cargo jerárquico, a mi parecer el cargo jerárquico tiene que ir relacionado al sueldo que persibe , en este caso la situación no esta clara en desmedro de los trabajadores que tienen un nivel de responsabilidad y decision importante dentro de la empresa y en su salario es rebasado por otro de jerarquia menor.

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  3. por esa ambiguedad hay muchas personas que no recibieron su doble aguinaldo, donde estan las oficinas de trabajo llamadas a arbitrar estas situaciones y de oficio deberian controlar a la mpresa privada

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  4. dobles aguinaldos, aumentos y demas una maravilla, pero los privados estan sacando todo eso del mismo cuero, reduciendo personal y aumentando la produccion por obrero, o sea quien es el que gana de todo esto?

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  5. Una consulta es verdad que el incremento solo para aquellos que ya vienen trabajando de la gestion pasada por que la empresa que trabajo dijo eso y no nos quieres pagar el 10% que aumentaron dice que asi esta en reglamento del incrrmento que alguien me de una orientacion urgente por favor

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  6. sii es verdad!! a mi me subieron el sueldo en abril y no me quieren incrementar el 10% en mayo que debo hacer?? acudir directo al ministerio de trabajo???

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